Ministerio de Trabajo y Economía SocialDerechos y deberes en relación con la Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Derechos y deberes en relación con la Seguridad Social

29.8. Lesiones permanentes no incapacitantes

¿Qué son?

Son las lesiones, mutilaciones y deformidades de carácter definitivo, causadas por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que, sin llegar a constituir una incapacidad permanente, suponen una disminución o alteración de la integridad física del trabajador y estén recogidas en el baremo establecido al efecto.

Beneficiarios

Las personas incluidas en el campo de aplicación del Régimen General que reúnan el requisito general de estar afiliadas y en alta en este régimen, y hayan sido dadas de alta médica por curación.

Prestación a que dan lugar

Indemnización económica por una sola vez, cuya cuantía está determinada en el baremo establecido al efecto.

Requisitos para la obtención de la prestación

  • Estar en alta.
  • Haber sido dado de alta médica por curación.
  • Que la lesión o mutilación venga recogida en el baremo.

Incompatibilidad

Serán incompatibles con las prestaciones económicas por incapacidad permanente, salvo que las lesiones, mutilaciones y deformidades sean totalmente independientes de las tomadas en consideración para declarar tal incapacidad y el grado de la misma.