Ministerio de Trabajo y Economía SocialCiudadanía Española en el Exterior, Inmigración y Movilidad Internacional. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Ciudadanía Española en el Exterior, Inmigración y Movilidad Internacional

36.9. Autorizaciones de trabajo para titulares de otras autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales

Los extranjeros podrán solicitar personalmente una autorización de trabajo ante el órgano competente para su tramitación, de manera simultánea o durante su periodo de vigencia, cuando sean titulares de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales concedidas por alguna de las siguientes causas:

  • Humanitarias: Ser víctimas, y así estar reconocido por sentencia judicial, de determinados delitos:
    • Contra los derechos de los trabajadores extranjeros (artículos 311 a 315 del Código Penal).
    • Cometidos en el ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la constitución (artículos 511.1 y 512 del Código Penal).
    • En los que haya concurrido la circunstancia agravante de comisión por motivos racistas, antisemitas o de otra clase de discriminación tipificada en el artículo 22.4.ª del Código Penal.
    • Por conductas violentas ejercidas en el entorno familiar distintas de la violencia de género.
  • Humanitarias: Sufrir una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada, no accesible en su país de origen, y que el hecho de ser interrumpida o de no recibirla suponga un grave riesgo para la salud o la vida.
  • Ser originarios o proceder de un país al que su traslado implica un peligro para su seguridad o la de su familia.
  • Por colaboración oficial: Colaboración con las autoridades administrativas, policiales, fiscales o judiciales en cuestiones ajenas a la lucha contra redes organizadas.
  • Por interés público: Cuando concurran razones de interés público o seguridad nacional que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.

Para su concesión será preciso cumplir:

  • De solicitarse una autorización de trabajo por cuenta ajena, los requisitos establecidos para las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial salvo lo referente a la situación nacional de empleo (ver apartado 36.1.2)
  • De solicitarse una autorización de trabajo por cuenta propia, los requisitos previstos para las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia inicial (ver apartado 36.4.2)