Ministerio de Trabajo y Economía SocialLa negociación colectiva y los conflictos colectivos. Ministerio de Trabajo y Economía Social

La negociación colectiva y los conflictos colectivos

24.1. Acuerdos interprofesionales

¿Qué son los acuerdos interprofesionales?

Son acuerdos suscritos entre las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas de carácter estatal o de Comunidad Autónoma que tienen el tratamiento establecido para los convenios colectivos. También los sindicatos y asociaciones empresariales que cuenten con la legitimación necesaria podrán pactar cláusulas en convenios o acuerdos colectivos sectoriales, de ámbito estatal o autonómico, con igual finalidad que los acuerdos interprofesionales.

Pueden ser de dos tipos, atendiendo a su fin:

  • Acuerdos interprofesionales o estructurales, para establecer la estructura de la negociación colectiva, fijando las reglas que han de resolver los conflictos de concurrencia entre Convenios de distinto ámbito.
    Hasta ahora, el último acuerdo interprofesional de este tipo ha sido el IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2018, 2019 y 2020, firmado, de una parte, por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME)  y de otra, por las Confederaciones Sindicales de Comisiones Obreras (CC.OO.) y de la Unión General de Trabajadores (UGT). Fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 18 de julio de 2018.
  • Acuerdos sobre materias concretas, reguladoras de las condiciones de trabajo, u otras materias laborales como la solución de conflictos, de lo que es ejemplo el VI Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos laborales (Sistema Extrajudicial), que fue suscrito con fecha 26 de noviembre de 2020 de una parte por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) y por la Unión General de Trabajadores (UGT) y de otra por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME); o el acuerdo para el empleo y la negociación colectiva sobre ultraactividad de los convenios colectivos, firmado el 23 de mayo de 2013. En este sentido, las organizaciones sindicales UGT y CC.OO., las patronales CEOE y CEPYME, y el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, alcanzaron el VI Acuerdo Social en Defensa del Empleo (VI ASDE), en el que se recoge la prórroga de las medidas extraordinarias en materia de cotización y de protección por desempleo, así como las medidas complementarias asociadas a los expedientes de regulación temporal de empleo relacionados con la COVID-19, reguladas en el R.D.-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.