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Preguntas frecuentes Luxemburgo

INDICE

RESIDENCIA EN LUXEMBURGO E INSCRIPCIÓN EN EL CONSULADO

¿Qué necesito para fijar mi residencia en Luxemburgo?

Debe cumplir los requisitos siguientes:

  • Ejercer una actividad asalariada o autónoma
  • Disponer de ingresos suficientes para no ser una carga para el sistema de asistencia social, así como un seguro de enfermedad;
  • Estar inscrito en un organismo de enseñanza pública y tener los ingresos suficientes para evitar ser una carga social para el sistema de asistencia social

http://www.mae.lu/Site-MAE/VISAS-Immigration/Long-sejour-superieur-a-trois-mois/Citoyen-de-l-Union-et-son-membre-de-famille-lui-meme-citoyen-de-l-Union 

La noción de ingresos suficientes: salario social mínimo (1921,03 € mensuales)

¿Cómo consigo la tarjeta de residencia?

Si su estancia es inferior a 3 meses:

Si su estancia es superior a 3 meses:

Después de residir 5 años regulares e interrumpidos en el territorio luxemburgués, el ciudadano de la UE o de un país asimilado y los miembros de su familia también ciudadanos de la UE (o de un país asimilado) tienen derecho a obtener la estancia permanente y pueden solicitar un certificado de estancia permanente en la Dirección de Inmigración del Ministerio de Asuntos Exteriores.

¿Tengo que inscribirme en el consulado en Luxemburgo?

LA SANIDAD EN LUXEMBURGO 

¿Tengo derecho a la asistencia sanitaria?

La tarjeta sanitaria europea constituye el documento que acredita el derecho a recibir asistencia sanitaria durante la estancia temporal  en otro país de la Unión Europea (además de en Liechtenstein, Islandia, Noruega y la Confederación Suiza) a los afiliados a la seguridad social, trabajadores, pensionistas, familiares de los anteriores, así como a los beneficiarios por su condición de personas sin recursos.

Las personas que estén cobrando la prestación por desempleo pueden realizar desplazamientos temporales de un máximo de 15 días sin autorización previa, prorrogable a otros 15 días con previa autorización del Servicio Público de Empleo Estatal. En estos casos los interesados deberán solicitar al I.N.S.S. (Instituto Nacional de la Seguridad Social) la tarjeta sanitaria europea o un Certificado Provisional Sustitutorio con anterioridad a su salida para tener cubierta la asistencia sanitaria en Luxemburgo.

Para la asistencia sanitaria, durante los tres meses (o seis en caso de prórroga) de exportación de las prestaciones por desempleo, deberá solicitar el formulario comunitario E-104 en el I.N.S.S. (Instituto Nacional de la Seguridad Social) y presentarlo en la Caja Nacional de Salud de Luxemburgo para poder beneficiar de la asistencia sanitaria a cargo de Luxemburgo. 

Cabe señalar que en Luxemburgo la asistencia sanitaria no es gratuita: un porcentaje de los gastos médicos corre a cargo del paciente. Si necesita acudir a un médico, dentista, etc., tendrá que pagar la consulta al facultativo, quien le entregará una factura por el importe total pagado. Este documento lo deberá entregar a la Caja Nacional de salud luxemburguesa, que se encargará de reembolsarle la cantidad correspondiente.

TRABAJAR EN LUXEMBURGO, EMPLEO Y DESEMPLEO

¿Cuáles son los requisitos para trabajar en Luxemburgo?

¿Dónde me debo dirigir para buscar empleo en Luxemburgo?

Si busca empleo en Luxemburgo, lo primero que debe hacer es solicitar en la Administración comunal que le corresponda la tarjeta de residencia (ver apartado requisitos para trabajar en Luxemburgo)

A continuación, debe inscribirse en una oficina de empleo (ADEM) como solicitante de empleo. Para poder inscribirse debe estar en posesión del número de matrícula luxemburgués, que le otorgarán al solicitar la tarjeta de residencia. La oficina de empleo (ADEM) es la siguiente:

Existen otras páginas de buscadores de empleo:

También puede consultar el portal europeo de la movilidad profesional EURES en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/eures donde podrá encontrar información detallada sobre la búsqueda de empleo en los países de la Unión Europea.

Si lo desea puede enviarnos su CV que tendremos en cuenta por si se pone en conocimiento de esta Consejería alguna oferta de empleo. 

Estoy cobrando el desempleo en España ¿puedo seguir cobrándolo en Luxemburgo?

Si en el momento de la salida de España se encuentra en situación de desempleo, cobrando las prestaciones del nivel contributivo con cargo al S.E.P.E. (Servicio de Empleo Público Estatal), podrá exportar dicha prestación a Luxemburgo durante un período máximo de tres meses.

Para ello debe solicitar, en la Oficina de Empleo que le abona la prestación en España, la extensión del formulario U2 e inscribirse a su llegada a Luxemburgo como solicitante de empleo en la Oficina luxemburguesa (ADEM), presentando dicho formulario y el certificado del Ayuntamiento luxemburgués en que conste su llegada al país:·

Acreditar los periodos anteriores en que tuviste empleo y estuviste asegurado en otro país a efectos de la prestación por desempleo

Si tiene que acreditar, a efectos de la prestación por desempleo, los periodos anteriores en que tuviste empleo y estuviste asegurado en otro país, debe solicitar el formulario U1 (antiguo formulario E 301) en el país donde trabajó antes.

Si no presenta el documento al organismo que tramita tu solicitud de prestación por desempleo, este también puede obtener directamente de otros países la información necesaria. Pero presentar un formulario U1 debidamente cumplimentado seguramente acelerará el trámite.

¿Cómo puedo darme de alta como autónomo en Luxemburgo?

Puede consultar los siguientes enlaces:

Las actividades comerciales, artesanales e industriales, así como algunas profesionales autónomas están sometidas a una autorización de establecimiento (denominada “autorización de comercio”) previa. Esta autorización se concede –en el plazo de una semana, en caso de presentación del expediente completo- a la empresa profesional que ejerce en nombre propio o a la sociedad. La demanda debe ser introducida al Ministerio de Clases Medias, bien por correo o por Internet. El solicitante debe reunir los requisitos exigidos para la obtención de dicha autorización y presentar una serie de documentos:

En cuanto a la afiliación de los trabajadores autónomos, puede consultar el enlace siguiente:

Me gustaría trabajar en las instituciones de la Unión Europea ¿dónde debo dirigirme? 

En las instituciones de la UE trabajan más de 40.000 mujeres y hombres de los 28 países miembros de la Unión.

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza oposiciones con el fin de seleccionar personal para ocupar puestos permanentes y no permanentes.

Además del personal permanente, la UE emplea también a agentes contractuales y temporales, ofrece periodos de prácticas y mantiene bases de datos de expertos en distintas áreas.

La web oficial de la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) es la siguiente:

Si quiere realizar prácticas para titulados universitarios, lingüistas y estudiantes en Instituciones de la Unión Europea, puede encontrar información en el siguiente enlace:

¿Que debo hacer para el reconocimiento de títulos españoles en Luxemburgo?

Para obtener información detallada sobre esta materia se puede visitar la página web de la Consejería de Educación en Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo:

¿Ha trabajado en Luxemburgo y necesita una vida laboral?

Para obtener un Informe de la vida laboral en este país, se puede dirigir a:

Caisse nationale d’assurance pension
L-2096 Luxembourg 
Téléphone : 224141-1
Fax : 224141-6443
E-mail : cnap@secu.lu

LUXEMBURGO COMO TRABAJADOR DESPLAZADO

Soy trabajador autónomo en España y quiero trasladarme temporalmente a Luxemburgo ¿qué tengo que tener en cuenta? 

Los trabajadores por cuenta propia que se desplacen a los países de la Unión Europea estarán sometidos, como norma general, a la legislación de seguridad social del país donde realizan su trabajo.

Sin embargo, el trabajador por cuenta propia que se desplace a realizar su trabajo temporalmente en el territorio de otro país comunitario, (período máximo de 12 meses, prorrogable por otros 12), puede mantener la legislación española de seguridad social, de manera que no tenga que afiliarse al sistema de seguridad social del país al que va a trabajar (Luxemburgo) y pueda seguir cotizando a la Seguridad Social en su país de origen (España).

Antes de su salida de España, el trabajador autónomo deberá solicitar ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma, la expedición del documento A1 (antiguo E-101) "Certificado de legislación aplicable", que se otorgará si se cumplen los siguientes requisitos:

  • El autónomo que se desplaza debe estar trabajando en España antes del desplazamiento.
  • Subsistencia del vínculo con el país de origen (España), en cuanto a su actividad como trabajador autónomo.
  • Debe desplazarse para realizar actividades similares a las que realizaba en España.

Este documento se solicita mediante el formulario TA 300 (Solicitud de información sobre la legislación de seguridad social aplicable), que puede descargar de la siguiente página web: 

Si transcurrido el periodo máximo del desplazamiento inicial, es decir, doce meses, el autónomo debe continuar ejerciendo su actividad en Luxemburgo, deberá solicitar la prórroga del mantenimiento de la legislación española de Seguridad Social.

También es posible solicitar esta prórroga cuando no se ha agotado el periodo máximo del desplazamiento inicial pero se prevé que la estancia en el otro país será superior al tiempo que queda para agotar el plazo máximo, e inferior a doce meses.

Si el autónomo sigue trabajando en el extranjero sin interrupción, tendrá que darse de alta como autónomo en Luxemburgo y pagar cotizaciones a la seguridad social en este país.

Es conveniente que antes de salir de España el trabajador solicite al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) el formulario S1 (antiguo E-106), documento que le da derecho a recibir asistencia médica durante su estancia en el país de destino. A su llegada a este país deberá entregar este formulario a la Caja Nacional de Salud luxemburguesa a la que deberá afiliarse. Si bien hay que tener en cuenta que, en aplicación de los Reglamentos Comunitarios, la asistencia sanitaria se reconoce de acuerdo con la legislación nacional del país en el que esté asegurado el titular y se proporciona de acuerdo con la legislación del país en el que se encuentra el beneficiario. 

En Luxemburgo la asistencia sanitaria no es gratuita: un porcentaje de los gastos médicos corre a cargo del paciente. Si necesita acudir a un médico, dentista, etc., tendrá que pagar la consulta al facultativo, quien le entregará una factura por el importe total pagado. Este documento lo deberá entregar en la Caja Nacional de Salud luxemburguesa a la que se haya afiliado previamente, que se encargará de reembolsarle la cantidad correspondiente.

ESTUDIAR EN LUXEMBURGO

¿Qué requisitos son necesarios para estudiar en Luxemburgo?

Para obtener información detallada sobre esta materia se puede visitar la página web de la Consejería de Educación en Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo:

¿Que debo hacer para el reconocimiento de títulos españoles en Luxemburgo?

Para obtener información detallada sobre esta materia se puede visitar la página web de la Consejería de Educación en Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo:

PENSIONES

¿Tiene Ud. derecho a pensión en Luxemburgo?

Si no vive en Luxemburgo pero ha trabajado en este país y tiene derecho a pensión a su cargo, y no ha trabajado en ningún otro país de la U.E. deberá introducir la solicitud de su pensión por los años trabajados en Luxemburgo, directamente al I.N.S.S. si reside en España o ante el organismo competente de la localidad donde resida (si se trata de un país de la U.E.) para que en virtud de los reglamentos comunitarios solicite su pensión al organismo luxemburgués:

Caisse nationale d’assurance pension
L-2096 Luxembourg 
Téléphone : 224141-1
Fax : 224141-6443
E-mail : cnap@secu.lu

En este caso, deberá mencionar en su solicitud, que no tiene derecho a una pensión con cargo a su país de residencia. 

Si ha trabajado en distintos países de la U.E. y usted tiene derecho a pensión con arreglo a los Reglamentos Comunitarios Nº 883/2004 y Nº 987/2009 puede encontrar información sobre la solicitud y cálculo de la pensión en el siguiente enlace: 

LA ADMINISTRACIÓN LABORAL Y SOCIAL LUXEMBURGUESA

¿Cómo es la Administración laboral y social luxemburguesa?

Trabajo: 

Social:

Si resido en Luxemburgo ¿tengo derecho a prestaciones sociales?

Los ciudadanos que tienen fijada su residencia de forma permanente en Luxemburgo tienen los mismos derechos que los ciudadanos luxemburgueses en lo que se refiere a las prestaciones sociales, no existiendo por tanto ningún régimen de prestaciones diferentes o discriminación por razón de nacionalidad.

 El sistema de Seguridad Social luxemburgués (prestaciones del seguro maternidad, accidente, pensión así como prestaciones sociales) apunta a proteger al asegurado contra un cierto número de eventualidades, susceptibles de reducir o de suprimir su actividad, de imponerle cargas suplementarias o de reducirlo a un estado de dependencia. Existen formalidades administrativas a efectuar con el fin de poder beneficiar de esta protección a condición de que se esté en posesión de un permiso de estancia permanente:

Ayuda social:

Anticipos para cubrir las pensiones alimenticias:

Prestación de vida cara:

Ingreso mínimo garantizado:

Participación en el precio de las prestaciones en el marco de acogida de gerontología:

Ayudas a la infancia y a la familia:

Ayudas para la vivienda:

Asistencia judicial:

Reclamación a decisiones tomadas por la Seguridad Social:

Cuidados para la salud:

Desempleo: prestación de desempleo y ayuda para el reempleo

Prestaciones familiares, permiso debido a la situación familiar, asistencia después del nacimiento:

ALOJAMIENTO

¿Cómo puedo encontrar alojamiento? 

Existen multitud de agencias inmobiliarias con páginas Web que pueden ayudarle en este sentido, como por ejemplo:

IMPUESTOS

¿Dónde debo hacer la declaración de la renta?

El tema fiscal no es un tema del ámbito competencial de esta Consejería de Empleo y Seguridad Social.

Para información puede dirigirse personalmente a cualquiera de las numerosas Oficinas de Información al Contribuyente que existen en España y que dependen de la Agencia Tributaria. En estas Oficinas se puede obtener la información personalizada que se precisa (www.aeat.es).

En Luxemburgo puede solicitarse información a la Administration des contributions directes (18, rue du Fort Wedell, L-2982 Luxembourg).