Tramites a realizar al llegar a España (ver información ampliada y otros trámites en la Guía del Retorno):
- Documento Nacional de Identidad.
- Sólo se puede tramitar en las oficinas del Documento Nacional de Identidad en España.
- Empadronamiento.
- Toda persona que viva en España está obligado a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida. El emigrante retornado deberá aportar para empadronarse, además del DNI, los documentos que acrediten su residencia en dicho municipio.
- El empadronamiento es un requisito imprescindible para solicitar diversas ayudas de las Administraciones Públicas a favor de los retornados.
- Certificado de Emigrante Retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Empleo y Seguridad Social de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno como documento acreditativo del trabajo realizado en el extranjero y de la fecha de retorno. Este documento es imprescindible para solicitar las ayudas específicas para emigrantes retornados.
- Darse de alta como demandante de empleo en la Oficina de Empleo del Servicio Público Estatal más próxima a su domicilio, en el caso de que desee solicitar las prestaciones para para emigrantes retornados.
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