Rastro de migas

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Web empleo EEUU. Requisitos para trabajar: el visado. Qué tiene que hacer el trabajador

Una vez la empresa recibe notificación de la aprobación de la solicitud de contratación (la solicitada con el impreso I-129), debe notificarlo al trabajador para que éste solicite el visado en el Consulado de Estados Unidos en España (c/Serrano 75, Madrid).

Para solicitar el visado, es necesario efectuar una entrevista individual con personal de Consulado de Estados Unidos. Para concertar la entrevista, hay que llamar a un número de teléfono (que no es gratuito). La información está disponible en https://ais.usvisa-info.com/es-es/niv. Una vez tenga la cita, hay que presentarse a la misma con el pasaporte, una fotografía de 5x5, el formulario DS-160 rellenado, y los documentos necesarios para el visado particular que se solicita, que le habrán comunicado por teléfono, y el recibo del Banco de Santander de haber satisfecho la cuota correspondiente al visado.

El objeto de la entrevista es que el Consulado confirme que el trabajador tiene la intención de retornar a España una vez termine su visado, y que tiene en España vínculos sociales o económicos. El entrevistador comunicará la concesión o no del visado. El visado le será remitido por mensajería a su domicilio.

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