Rastro de migas

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Web empleo EEUU. Requisitos para trabajar: el visado. Tipos de visado: cuadro resumen

Cuadro resumen de tipos de visados permanentes de empleo
Preferencia Descripción Visado familiares Condicionada a mercado de trabajo
Primera (EB-1)
  1. Personas con habilidades extraordinarias en el campo de las ciencias, de las artes, de la educación, los negocios o los deportes. Han de tener reconocimiento internacional. No requiere una oferta de trabajo.
  2. Profesores o investigadores sobresalientes, con reconocido prestigio internacional en su campo. Requiere tres años de experiencia y una oferta de trabajo.
  3. Ejecutivos o altos directivos de multinacionales, con al menos tres años de experiencia y uno de ellos en la misma empresa (o grupo de empresas) que patrocina la residencia.
V No
Segunda (EB-2)
  1. Profesionales con titulación de grado, post-grado o equivalente.
  2. Profesionales que demuestran aptitudes excepcionales en las ciencias, las artes o los negocios.
  3. Extranjeros que solicitan excepción basada en interés nacional que, por tener habilidades extraordinarias que beneficiarían a Estados Unidos. No requieren empresa patrocinadora.
V Sí, salvo en el caso de exención basada en interés nacional.
Tercera (EB-3)
  1. Trabajadores cualificados, entendiendo por tales a quienes necesitan un mínimo de 2 años de formación o experiencia profesional.
  2. Profesionales con estudios de grado superior en ocupaciones que cuyo desempeño exige al menos esa titulación
  3. Otros trabajadores que no requieren formación o experiencia superior a dos años.
V
Cuarta (EB-4) Inmigrantes especiales, incluyendo trabajadores religiosos y otros. V No
Cuadro resumen de tipos de visados temporales que admiten el empleo
Tipo visado Descripción Condicionada situación mercado de trabajo EEUU Posibilidad Premium Service Familiares dependientes. Tipo visado Familiares dependientes. Posibilidad trabajar
B-1

Desplazamientos temporales de personas de negocios que participen en exposiciones, reuniones, conferencias o como ponentes sin remuneración, o que vayan a firmar contratos o realizar pedidos de mercancías; empresas que hayan firmado un contrato de compra venta de maquinaria o equipos industriales, incluyendo su instalación o reparación, con un comprador estadounidense y para ello requieran desplazar a personal técnico o ingenieros, que posean conocimientos especiales, para realizar estas tareas; con el fin de elaborar una prospección de mercado; para programadores de sistemas informáticos.

Si las actividades no son exactamente las descritas, será necesario recurrir a otro tipo de visado. No permite recibir remuneración de ninguna empresa que esté registrada en los EE. UU., ni realizar actividades que generen beneficios dentro de los EE.UU.

No No B-2 No
J-1

Personas que vayan a realizar un período de formación o investigación, incluidos en programas de intercambio cultural patrocinados por instituciones educativas u otras sin ánimo de lucro. Dentro de estos programas pueden estar incluidos estudiantes de doctorado, médicos que vayan a realizar programas de residencia o practica médica y otros que vayan a realizar formación profesional en el sector comercial o industrial.

También existen diversos programas de intercambio cultural para jóvenes, incluyendo programas de empleo de verano, programas de trabajo y viaje para estudiantes universitarios, y programas de au-pair.

No No J-2 Pueden solicitarlo
H1-B Trabajadores de ocupaciones en campos que exigen conocimientos especializados, normalmente con titulación de educación superior. H-4 No
H2-A Trabajadores agrícolas temporales. H-4 No
H2-B Trabajadores de temporada en empleos no agrícolas. H-4 No
L-1A Personal ejecutivo o de gestión transferido dentro de la empresa. No L-2 Pueden solicitarlo
L-1B Personal especializado transferido dentro de la empresa. No L-2 Pueden solicitarlo
O-1 Trabajadores con competencias extraordinarias en las ciencias, artes, educación, empresa o deportes. No O-3 No
O-2 Personal de apoyo, esencial para los O-1. No O-3 No
P-1 Deportistas (o equipos) de reconocido prestigio internacional ó personal de espectáculos. No P-4 No
P-2 Artistas o personal de espectáculos en programas de intercambio. No P-4 No
P-3 Personal artístico o educativo de programas culturales especiales. No P-4 No
Q-1 Visitantes de intercambios culturales. No No - -
R-1 Trabajadores religiosos. No No - -

Cuando la solicitud está condicionada a la situación del mercado de trabajo norteamericano, la empresa debe presentar ante el Departamento de Trabajo una declaración denominada Labor Conditions Application, en la que describe las condiciones salariales y laborales y en la que certifica que la contratación del extranjero no modificará las condiciones laborales o salariales de los trabajadores estadounidenses.

Volver

Pie de página