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Trabajar por cuenta propia en Grecia

La norma más reciente relativa al trabajo autónomo y creación de empresa (incluidas las individuales) es la Ley n.3853/2010, sobre "Simplificación de los procedimientos para la creación de una sociedad de miembro único y sociedades de responsabilidad limitada y otras disposiciones", publicado en el Boletín Oficial 90A de 17.06.2010.

Para ejercer una profesión o crear una empresa individual es necesario registrarse en el Instituto de Seguridad Social competente indicando claramente la finalidad de la actividad a desempeñar.

En caso de empresa individual es necesario registrarse en la Cámara de Comercio competente por área. Se pueden localizar todas las Cámaras de Comercio de Grecia a través de la página web de la Unión Helénica de Cámaras de Comercio: http://www.uhc.gr/. Los formularios para el registro se pueden encontrar en la página web de cada Cámara de Comercio, o directamente en la sede.

Las direcciones y los datos de contacto de las administraciones locales en toda Grecia (Prefecturas) están disponibles en el siguiente enlace: http://www.ypes.gr/el/Regions/LocalGovermentB/NomarchyAdmin/

Para ejercer una profesión regulada el paso previo es el reconocimiento del título profesional. Informaciones a partir de:
 

INISTERIO DE EDUCACIÓN
Sección para el reconocimiento Profesional
Panepistimiou 67 – 10561 Atenas
Tel 0030- 210- 3243 923
Fax 0030- 210- 3316 651
www.srpq.gr