Rastro de migas

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Web empleo Perú. Cambio de Calidad Migratoria

Cambio de Calidad Migratoria

https://www.migraciones.gob.pe/pdf/servicios_inmigracion_cambio_calidad_migratoria.pdf ico_pdf

Los españoles que están en el Perú regularmente como turistas, negocios u otra condición y desean quedarse a trabajar, invertir o desarrollar cualquier otra actividad, deben realizar el trámite “Cambio de Calidad Migratoria”.

Mientras se aprueba el trámite de “Cambio de Calidad Migratoria” el extranjero puede salir del país sin afectar el trámite hasta por 30 días, debiendo efectuar el trámite “Permiso Especial para Viajar”. En caso salga sin efectuarlo, perderá el trámite de “Cambio de Calidad Migratoria”.

Una vez realizado el cambio de calidad migratoria obtienen la visa de residente.

  • Duración del trámite: 60 días.
  • Requisitos comunes a los diversos tipos de cambio de calidad migratoria son:
    • Formulario F-004 (gratuito).
    • Recibo de pago del Banco de la Nación por derecho a trámite (S/.117.60 Nuevos soles).
    • Copia fotostática simple del pasaporte con vigencia mínima de un (01) año (o del carné de Extranjería o del carné de Protocolo (diplomáticos, consulares y oficiales) vigente, según corresponda o Tarjeta Andina de Migración (sólo para temporales).
    • Ficha de Canje Internacional – INTERPOL (para todos los ciudadanos extranjeros que solicitan residencia, Excepto menores de edad).

Tipos de Cambio de Calidad Migratoria:

  1. Trabajador

    Aquellos que ingresan a Perú con el fin de realizar actividades laborales en virtud de un contrato aprobado previamente por el Ministerio de Trabajo.

    Requisitos: Además de los consignados en los requisitos generales, presentará:

    • Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del contrato de trabajo aprobado por la autoridad administrativa de trabajo.
    • La ficha RUC de la empresa contratante debe encontrarse en situación de ACTIVO y HABIDO.
    • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN de la copia certificada de la vigencia del poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registral.
    • La empresa peruana contratante debe tener trabajadores inscritos ante SUNAT.
    • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a Residente (Cancelable a la aprobación del expediente).
    • Firma legalizada ante el Consulado Peruano y por el Ministerio de Relaciones Exteriores (En caso que el Contrato de Trabajo fuera suscrito por el solicitante fuera del país).
    • La copia certificada de la vigencia del poder del Representante Legal de la empresa expedida por la SUNARP, debe estar actualizada con una antigüedad no mayor a tres (03) meses de ser expedida.
    • Copia del documento de identidad Vigente y Actualizado del apoderado de ser el caso.
  2. Trabajador Designado (especialista)

    Aquellos que ingresan a Perú sin ánimo de residencia y con el fin de realizar actividades laborales enviados por su empleador extranjero por un plazo limitado y definido para realizar una tarea o función concreta o un trabajo que requiera conocimientos profesionales, comerciales, técnicos o altamente especializados de otra índole. No pueden realizar actividades remuneradas o lucrativas ni percibir renta de fuente peruana, salvo el caso de dietas como Director de empresas domiciliadas en Perú u honorarios como conferencistas o consultores internacionales en virtud de un contrato de servicios que no exceda de 30 días calendario continuo o acumulado dentro de un período cualquiera de doce meses.

    Requisitos: Además de los consignados en los requisitos generales, presentará:

    • Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN del Contrato de Prestación de Servicios, Cooperación Técnica u otro similar firmado entre la empresa extranjera y la persona natural o jurídica que recibe el servicio, debidamente legalizado por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada, si fue firmado en el extranjero.
    • Documento de designación emitido por la empresa en el extranjero, en forma individual por cada trabajador legalizado por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada, indicando nombres y apellidos, edad, nacionalidad, número de pasaporte y especialidad del beneficiario, así como tiempo de duración del servicio en el país.
    • Carta de la empresa peruana que recibe el servicio, con la indicación del tipo de actividad y lugar donde recibirá el servicio, que la labor, que realizará el beneficiario es de alta especialización y no se encuentra personal disponible en el país.
    • Certificado de especialización en las labores que realizará el beneficiario expedido por la empresa extranjera o centro de estudios debidamente legalizado por el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada.
    • El pago de la tasa por cambio de calidad migratoria se cancelará a la aprobación del expediente.
    • En caso que el trámite sea realizado por una tercera persona, deberá presentar carta poder del solicitante legalizada notarialmente; si el poder es otorgado fuera del país deberá ser legalizado por el Consulado Peruano y el Ministerio de Relaciones Exteriores o Apostillada.
  3. Inversionista

    Aquellos que ingresan a Perú sin ánimo de residencia y con el propósito de realizar gestiones de carácter empresarial, legal o similar. Tienen permitido firmar contratos o transacciones. No pueden realizar actividades remuneradas o lucrativas ni percibir renta de fuente peruana, salvo el caso de dietas como Director de empresas domiciliadas en Perú u honorarios como conferencistas o consultores internacionales en virtud de un contrato de servicios que no exceda de 30 días calendario continuo o acumulado dentro de un período cualquiera de doce meses.

    • En caso de Transferencia de acciones o participaciones. Requisitos: Además de los consignados en los requisitos generales, presentará:
      • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del Acta de Transferencia de Acciones y del Libro de Matrícula de Acciones o Escritura Pública de Acciones o Escritura Pública de Transferencia de Participaciones, (que acredite un aumento de capital equivalente a treinta mil dólares americanos (US$30,000.00).).
      • Plan de Negocios para un (01) año.
      • Carta de compromiso de creación de cinco (05) puestos adicionales de trabajo en el plazo de un (01) año.
      • Copia de la Licencia de Funcionamiento vigente.
      • Planilla actual de trabajadores.
      • Ultima declaración jurada anual de impuesto a la renta de la empresa.
      • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a Residente (Cancelable a la aprobación del expediente).
      • Ficha RUC de la empresa peruana debe estar ACTIVO y HABIDO en la SUNAT.
    • En caso de Aporte de capital Requisitos: Además de los consignados en los requisitos generales, presentará:
      • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del Acta de Transferencia de Acciones y del Libro de Matrícula de Acciones o Escritura Pública de Acciones o Escritura Pública de Transferencia de Participaciones, (que acredite un aumento de capital equivalente a treinta mil dólares americanos (US$30,000.00) o su equivalente en moneda nacional en el capital social suscrito y pagado completamente en dinero en efectivo y en un solo acto).
      • Proyecto de Factibilidad del negocio (se trate de una empresa recién constituida) o Plan de Negocios (se trate de una empresa en actividad) que incluya la creación de 05 puestos de trabajo en un plazo no mayor de dos (02) años. Deberá ser elaborado por profesional colegiado y debidamente habilitado y certificado.
      • Proyecto de Factibilidad del negocio (se trate de una empresa recién constituida) o Plan de Negocios (se trate de una empresa en actividad) que incluya la creación de 05 puestos de trabajo en un plazo no mayor de dos (02) años. Deberá ser elaborado por profesional colegiado y debidamente habilitado y certificado.
      • Carta de compromiso de creación de al menos cinco (05) puestos de trabajo para peruanos, en un plazo no mayor a un año, requisito que será de cumplimiento indispensable para solicitar la prórroga de residencia.
      • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a Residente (US$200.00) (Cancelable a la aprobación del expediente).
      • Ficha RUC de la empresa peruana debe estar ACTIVO y HABIDO en la SUNAT.
  4. Independiente
    • Rentista

      Aquellos extranjeros que gozan de pensión de jubilación o de renta permanente de fuente peruana o extranjera y que ingresan a Perú con ánimo de residencia. En el caso de pensión o renta de fuente extranjera deben cumplir los requisitos establecidos en la Ley Nº 28072.

      Requisitos: Además de los consignados en los requisitos generales, presentará:

      • Declaración Jurada de no registrar antecedentes penales, judiciales y policiales a nivel nacional e internacional.
      • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el Fedatario de la DIGEMIN de la copia certificada de la vigencia del poder del representante legal de la empresa contratante actualizada y expedida por la Oficina Registral.
      • Copia legalizada o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN del documento original del país de donde proviene la renta, que acredite que el solicitante percibe un ingreso neto permanente no menor a un mil (US$ 1,000.00) dólares americanos, el cual deberá estar legalizado por el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. (En caso de renta de fuente nacional, documento que acredite la percepción por parte del beneficiario. En caso de renta de fuente extranjera, constancia que el dinero ingresa al país a través de una institución bancaria. )
      • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a Residente (Cancelable a la aprobación del expediente).
      • Copia del documento de identidad Vigente y Actualizado del apoderado de ser el caso.
    • Profesional

      Requisitos: Además de los consignados en los requisitos generales, presentará:

      • Copia fotostática legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de su inscripción en el Colegio Profesional correspondiente para ejercer la profesión en el Perú (en caso de profesiones colegiadas) o copia legalizada o autenticada del Título Profesional convalidado por la Universidad o reconocido por la Asamblea Nacional de Rectores (en caso de no existir el colegio profesional correspondiente).
      • No están autorizados a trabajar bajo relación de dependencia.
      • Recibo de pago del Banco de la Nación de la tasa por cambio de calidad migratoria a Residente (Cancelable a la aprobación del expediente).
      • Copia del documento de identidad Vigente y Actualizado del apoderado de ser el caso.

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