Rastro de migas

Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Web empleo Perú. Trabajo y soy residente en Perú ¿puedo afiliarme a la Seguridad Social española?

  • Sí, los emigrantes españoles y sus hijos que posean nacionalidad española, con independencia de que con anterioridad hayan estado o no afiliados a la Seguridad Social española, e independientemente del país en el que trabajen y de que dicho país tenga o no suscrito con España acuerdo o convenio en materia de Seguridad Social, pueden suscribir Convenio Especial con la Seguridad Social española.
  • También pueden solicitarlo los seglares, misioneros y cooperantes dependientes de la Conferencia Episcopal, Diócesis, ordenes, Congregaciones y otras Instituciones religiosas así como de organizaciones no gubernamentales, que tengan nacionalidad española y que sean enviados por sus respectivas organizaciones o instituciones a los países extranjeros, sin mediar relación laboral con éstas.
  • La suscripción de esta modalidad de convenio especial determina la situación asimilada a la de alta en el Régimen General respecto de las contingencias de jubilación, así como incapacidad permanente o muerte y supervivencia debidas a cualquier contingencia y surtirá efectos en todo caso desde el día primero del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud en la Consejería de Empleo y Seguridad Social.
  • El ingreso de cuotas se efectuará por trimestres vencidos dentro del mes siguiente al vencimiento del trimestre natural. La base de cotización aplicable será la mínima que, en cada momento, corresponda a los trabajadores mayores de dieciocho años del Régimen General.

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