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La fiscalidad de los extranjeros en Uruguay

El régimen de inversiones en Uruguay es completamente abierto, sin importar que las mismas provengan de capitales nacionales o extranjeros. Las principales características de este régimen son:

  • no se requiere permiso para instalar nuevas empresas; las personas y las empresas son libres de iniciar sus actividades de negocio en el país sin obtener la aprobación o la autorización del Estado
  • salvo pocas excepciones, no hay límite para la participación del capital extranjero en las sociedades,
  • no existen restricciones para la repatriación del capital ni de los beneficios; la repatriación puede ser realizada sin autorización ni aprobación del Estado
  • mercado abierto de cambios y no regulado, que permite la compra o la venta libre de moneda
  • libertad de importación de todo tipo de bienes; los aranceles varían entre el 0% y el 23%, con la excepción transitoria de algunos productos
  • libertad total de exportación, no existiendo gravámenes ni prohibiciones
  • existe un régimen de devolución de los impuestos indirectos y admisión temporaria
  • libertad para denominar contratos por bienes o servicios, incluso contratos de trabajo, en moneda extranjera
  • libertad de contratación de personal, incluso de empleados extranjeros
  • acuerdos de protección de inversiones y para evitar la doble imposición
  • posibilidad de mantener el total anonimato para los inversores con posibilidad de recurrir a un beneficioso régimen de Fideicomiso de reciente aprobación en el país

Impuestos mas comunes en Uruguay

- IVA (impuesto al valor agregado)

La tasa básica es de 22%, salvo algunos productos, como algunos de la canasta básica familiar que pagan menos, o algunos bienes y servicios, tienen como máximo 14% de tasa.

- Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y otros tributos

Ver otros valores actuales e históricos

 

  • PATRIMONIO

El Impuesto al Patrimonio grava la posesión de un patrimonio neto dentro del territorio nacional, es decir, la diferencia entre el activo y el pasivo ajustado desde el punto de vista fiscal.

  • IRAE

Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE), es decir es un impuesto anual que grava las rentas de fuente uruguaya de actividades económicas de cualquier naturaleza.

  • Impuesto a las Rentas de no Residentes (IRNR)

El IRNR es un impuesto que grava las rentas obtenidas por las personas no residentes en el territorio nacional.

Recordemos que Uruguay considera que una persona física es residente cuando:

  1. Permanece más de 183 días durante el año civil, en territorio uruguayo, considerando las ausencias esporádicas.
  2. El núcleo principal o la base de sus actividades o de sus intereses económicos o vitales se encuentra en territorio uruguayo. Se presume, salvo prueba en contrario, que el contribuyente tiene sus intereses vitales en territorio nacional, cuando residan habitualmente en Uruguay el cónyuge y los hijos menores de edad que dependan de aquél.
    Si no se verifica ninguna de las circunstancias anteriores, la persona es considerada no residente y deberá pagar IRNR por las rentas obtenidas en territorio uruguayo.