Ministerio de Trabajo y Economía SocialEscuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Sra. Dª Mª Sonsoles Gutiérrez de la Peña

C/. Rafael Alberti, 18 - 28038 - MADRID.

Teléfonos: 91 363 28 00/01.

Fax: 91 363 28 92.

Funciones:

  • La Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social constituye la unidad especializada del Organismo Estatal en materia de formación y estudios.
  • Son funciones de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sin perjuicio de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de los funcionarios y de los servicios de la Inspección de Trabajo, las siguientes:
    1. Organizar, dirigir y evaluar los cursos, programas y acciones formativas orientados a la formación permanente de los integrantes del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como de otros empleados públicos en materias relacionadas con la función inspectora, en coordinación con la que con carácter territorial lleven a cabo las Comunidades Autónomas.
    2. Podrá también la Escuela, sin perjuicio de la competencia de otras unidades administrativas, llevar a cabo la formación del personal que sirve de apoyo administrativo a la gestión del Sistema de Inspección.
    3. La asistencia y colaboración con los tribunales previstos en las convocatorias de procesos selectivos para el ingreso, así como la organización de los correspondientes cursos selectivos de formación para el acceso a los Cuerpos Nacionales del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
    4. El desarrollo y ejecución de los programas de formación de los Cuerpos Nacionales del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social se podrá hacer de forma descentralizada y estarán orientados a la mejora tanto de los contenidos operativos de las funciones jurídicas propias de la acción administrativa, como los científico técnicos necesarios para el ejercicio de la totalidad de las funciones atribuidas a los cuerpos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sin perjuicio de la adscripción funcional a las unidades especializadas existentes.
    5. Promover con la participación de otros operadores sociales, el estudio, la investigación y la reflexión sobre las nuevas situaciones con impacto en los fines de la inspección que se plantean en el ámbito sociolaboral con efectos sociales y jurídicos.
    6. La preparación e impartición de Másteres, cursos y programas de postgrado, previos los acuerdos de colaboración con las diferentes universidades.
  • En lo no previsto en estos Estatutos, las atribuciones, organización y funcionamiento de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 1223/2009, de 17 de julio, por el que se crea la Escuela de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.