| Fuentes y notas explicativas |
EPA. ENCUESTA DE POBLACIÓN ACTIVA
1. Materia objeto de investigación estadística.
En este apartado se ofrece información detallada sobre la población que reside en viviendas familiares en cuanto a su relación con la actividad económica, dedicando especial atención al volumen y características de la población activa y sus componentes, en cuanto constituye la fuerza de trabajo disponible para la producción de bienes y servicios.
2. Fuentes de información.
La información procede de la Encuesta de Población Activa (EPA), investigación por muestreo dirigida a los hogares que elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE) con periodicidad trimestral. Los datos que se ofrecen en este apartado se han obtenido de la publicación del INE, "Encuesta de Población Activa. Tablas anuales", de los datos oficiales de la Encuesta de Población Activa -metodología EPA 2002- publicados en INTERNET y disponibles en la base de datos Inebase, y de elaboraciones específicas proporcionadas por el INE a la Subdirección General de Estadísticas Sociales y Laborales.
3. Notas generales.
La EPA cubre todo el territorio nacional y está dirigida a la población que reside en viviendas familiares. La población excluida que reside en hogares colectivos representa menos de un 1% del total.
De acuerdo con la metodología de la EPA, la población de 16 y más años se clasifica, según su relación con la actividad económica, de la siguiente forma:
Ocupados
Población activa
Parados
Población de 16 y más años
Población inactiva
Población contada aparte
La población activa es el conjunto de personas de 16 o más años que en la semana de referencia suministraban mano de obra para la producción de bienes y servicios económicos o que estaban disponibles y hacían gestiones para incorporarse a dicha producción.
La población ocupada está formada por aquellas personas de 16 o más años que trabajaban por cuenta ajena o ejercían una actividad por cuenta propia durante al menos una hora en la semana de referencia a cambio de un sueldo, salario, beneficio empresarial o ganancia familiar, en metálico o en especie, o que, habiendo ya trabajado en su empleo actual, estaban ausentes del mismo y mantenían un estrecho vínculo con él.
La población ocupada se clasifica atendiendo a la situación profesional en asalariados y no asalariados (empleadores, empresarios sin asalariados y autónomos, miembros de cooperativas y ayudas familiares). Los asalariados se clasifican según la duración del contrato o relación laboral en indefinidos y temporales; estos últimos tienen fijado el fin de su contrato o relación laboral por medio de condiciones objetivas, tales como la expiración de un cierto plazo, la realización de una tarea determinada, etc.
Asimismo, la población ocupada se clasifica atendiendo a la duración de la jornada en ocupados a tiempo completo y ocupados a tiempo parcial. La jornada semanal habitual no puede ser inferior a 30 horas en el primer caso ni superior a 35 en el segundo.
La población parada comprende todas las personas de 16 o más años que no tenían empleo ni habían trabajado en la semana de referencia, disponibles para trabajar en un plazo de dos semanas y que habían buscado trabajo durante el mes precedente, es decir, que habían tomado medidas concretas para buscar un trabajo por cuenta ajena o hecho gestiones para establecerse por su cuenta durante el mes precedente. Asimismo, son paradas las personas sin trabajo y disponibles para trabajar que estaban a la espera de incorporarse a un nuevo trabajo en fecha posterior a la semana de referencia y los ausentes del trabajo a consecuencia de una suspensión por regulación de empleo que no creían poder incorporarse a la empresa y que habían buscado trabajo y estaban disponibles para desempeñarlo.
La población económicamente inactiva abarca las personas de 16 o más años que no desarrollaban una actividad económica, es decir, personas sin trabajo y disponibles para trabajar que no buscaban empleo o personas sin trabajo y no disponibles para trabajar.
La población contada aparte está integrada por los varones que estaban cumpliendo el servicio militar o servicio social sustitutorio en la semana de referencia, con independencia de que trabajasen o no.
Para mayor ampliación y precisión en las definiciones de los diferentes colectivos, se puede consultar la publicación del INE "Encuesta de Población Activa. Descripción de la encuesta, definiciones e instrucciones para la cumplimentación del cuestionario".
Los datos recogidos en este apartado han sido adaptados a los cambios metodológicos introducidos en la EPA-2002, si bien no ha sido posible la reconstrucción de los datos anteriores a 2001 con los tres efectos que supone la nueva metodología, al no incluir los cuestionarios de estos períodos la información necesaria para aplicar la nueva definición de paro. Para más detalle sobre estos cambios se puede consultar la página web del INE.
Los datos del año 2000 y sus variaciones respecto al año anterior incorporan los efectos de la utilización de nuevas proyecciones de población y la reponderación de los factores de elevación con objeto de que la población por grupos de edad estimada por la encuesta sea la correcta.
Los datos de 2001, incorporan, además, la nueva definición de paro establecida en el Reglamento (CE) nš 1897/2000 de la Comisión Europea, de 7 de septiembre de 2000. Reglamento que, si bien no modifica la definición formal de paro de la OIT, establece normas prácticas para su aplicación en la Unión Europea, que difieren de las consideradas hasta ahora. En concreto, para España tiene un efecto apreciable a la baja sobre las cifras de paro y al alza en los inactivos que venía publicando la EPA, al aplicar lo enunciado en el Anexo 1, punto 1 del citado Reglamento, referido a las formas de búsqueda activa de empleo y, en particular, respecto a aquellas personas que declaran como única forma de búsqueda la inscripción en Oficinas Públicas de Empleo, a las que se les exige haber tenido contacto con dichas oficinas en las últimas cuatro semanas para poder ser consideradas paradas.
Al objeto de facilitar la comparación de datos homogéneos, las variaciones absolutas y relativas correspondientes a 2001 se han calculado utilizando las cifras EPA de 2001 sin la aplicación de la nueva definición de paro.
4. Notas a distintos cuadros.
EPA-3, EPA-6, EPA-33 y EPA-41. La desagregación por nivel de formación alcanzado se ha adaptado a la clasificación utilizada por el INE a partir del primer trimestre de 2000, aplicando la Clasificación Nacional de Educación 2000 (CNED-2000). Los "estudios secundarios" comprenden, en el apartado "educación general", la primera etapa de educación secundaria así como las enseñanzas de bachillerato de la segunda etapa de educación secundaria, y, en el apartado "programas de formación profesional", los programas para la formación e inserción laboral, precisen o no de una titulación académica de secundaria para su realización, las enseñanzas técnico-profesionales de grado medio y las titulaciones de grado medio de las enseñanzas de música y danza. Los estudios "técnico-profesionales superiores" comprenden las enseñanzas técnico-profesionales de grado superior y los títulos de formación e inserción laboral de formación profesional superior. El epígrafe "estudios postsecundarios de primer ciclo" hace referencia a las personas con titulaciones de enseñanzas universitarias de primer ciclo y equivalentes o personas que han aprobado tres cursos completos de una licenciatura o créditos equivalentes. Los "estudios postsecundarios de segundo y tercer ciclo" comprenden las enseñanzas universitarias de primer y segundo ciclo, de sólo segundo ciclo y equivalentes, y el doctorado universitario. En "otros estudios postsecundarios" se recogen los estudios oficiales de especialización profesional y los títulos propios (no homologados) de universidades.
EPA-10, EPA-12, EPA-14, EPA-23, EPA-27, EPA-28 y EPA-30. El colectivo de asalariados del sector público incluye tanto los asalariados de las Administraciones Públicas como los de las Empresas Públicas e Instituciones Financieras Públicas y otros asalariados del sector público. En Administración Pública se incluyen la Administración Central, Autonómica, Local y de Seguridad Social, así como sus Organismos Autónomos Administrativos. Se entiende por Empresas Públicas e Instituciones Financieras Públicas las empresas financieras y no financieras en las que los poderes públicos pueden ejercer, directa o indirectamente, una influencia dominante en razón de la propiedad, de la participación financiera o de las normas que las rigen. Por último, en otros asalariados del sector público se incluyen los trabajadores de algún organismo del sector público de difícil adscripción a alguno de los apartados anteriores.
EPA-23. Sólo se ofrece desagregado por secciones el sector servicios, por concentrarse mayoritariamente en éste los asalariados del sector público.
EPA-29 a EPA-31. Las horas efectivamente trabajadas comprenden las horas trabajadas durante el tiempo normal de trabajo, las horas extraordinarias, remuneradas o no, el tiempo empleado en el lugar de trabajo esperando o permaneciendo disponible, así como los cortos períodos de descanso en el lugar de trabajo. No se incluyen las horas no trabajadas por vacaciones, días festivos, ausencias por enfermedad y por otros motivos remunerados, así como el tiempo no trabajado por estar afectado por una regulación de empleo; tampoco se incluye el tiempo invertido en desplazamientos al o desde el lugar de trabajo, ni las interrupciones para las comidas superiores a una hora.
Las horas habitualmente trabajadas comprenden todas las horas durante las que el encuestado trabaja de forma habitual, incluidas las extraordinarias, remuneradas o no, excluido el tiempo empleado en desplazarse al o desde el lugar de trabajo y las interrupciones para la comida, superiores a una hora.
EPA-40, EPA-41, EPA-43, EPA-44, EPA-54 y EPA-56. La población respecto a la cual se calculan las tasas de actividad y de ocupación es, para el total, la de 16 y más años y, para los diferentes colectivos, el efectivo poblacional del mismo. Las tasas de paro se calculan con relación a la población activa correspondiente al colectivo de que se trate.
EPA-45 y EPA-47. Se consideran perceptores de ingresos aquellas personas que declaran tener trabajo, recibir alguna pensión o percibir la prestación por desempleo. Los inactivos rentistas no figuran incluidos como perceptores de ingresos, por no disponer de información al respecto al no identificar la EPA este colectivo.
EPA-48 y EPA-49. Familia monoparental es el conjunto de personas que residen en la misma vivienda familiar y cuya persona de referencia no tiene cónyuge y tiene algún hijo menor de 18 años conviviendo con ella.