8º) ¿ Es necesario tener el acuerdo de cooperación
            transnacional firmado y operativo desde el momento inicial de la
            constitución de la AD ? 
            No. La resolución aprobatoria de un proyecto EQUAL contiene dos cláusulas
            resolutorias. La primera de ellas establece un plazo de 4 meses
            desde la fecha de la resolución para formalizar el Acuerdo de
            Constitución de la Agrupación de Desarrollo (ACAD) y, la segunda,
            fija un plazo de 7 meses, desde esa misma fecha, para formalizar el
            Acuerdo de Cooperación Transnacional (ACT). Una vez firmado el ACT,
            este debe ser validado por las Autoridades de Gestión de los
            Estados miembro de los distintos socios firmantes.  
            El programa transnacional descrito en la memoria debe ser coherente en
            sus objetivos y acciones con las líneas de actuación descritas
            para el proyecto nacional. 
            A efectos de facilitar la búsqueda de socios, la Comisión Europea ha puesto en funcionamiento una base de datos llamada ETCIM
            en la dirección 
             http://europa.eu.int/comm/equal. 
             Asimismo, puede consultarse esta página web para conocer las
            experiencias desarrolladas en la primera convocatoria de proyectos
            EQUAL. 
            
             
            
              
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