Ministerio de Trabajo y Economía SocialLa búsqueda del puesto de trabajo. Ministerio de Trabajo y Economía Social

La búsqueda del puesto de trabajo

2.2. Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo

Los Servicios Públicos de Empleo prestan servicios a las personas desempleadas, ocupadas y a las empresas, independientemente de su forma jurídica teniendo derecho a recibir los servicios de la Cartera Común y los servicios complementarios que se establezcan mediante una atención personalizada y adaptada a sus expectativas y necesidades, sobre la base de su perfil, y de acuerdo con los requisitos de acceso que se establezcan en los protocolos específicos definidos para cada actividad de los servicios de la Cartera Común de Servicios.

En el caso de las personas desempleadas, esta atención se articulará a través de un itinerario personalizado para el empleo. Este itinerario se configura como un derecho para las personas desempleadas y una obligación para los Servicios Públicos de Empleo. Como tal, conllevará el cumplimiento del compromiso de participación activa en los servicios que incluya, quedando recogido en el acuerdo personal de empleo. En el caso de perceptores de prestaciones por desempleo, conllevará el cumplimiento de las obligaciones del compromiso de actividad.

Características de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo

La Cartera Común de Servicios (en adelante CCS) del Sistema Nacional de Empleo (SNE) tiene por objeto garantizar, en todo el Estado, el acceso en condiciones de igualdad a los Servicios Públicos de Empleo y a los servicios prestados por los mismos, y a la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, constituyendo un compromiso de los Servicios Públicos de Empleo con las personas y empresas usuarias de los mismos. En todo momento, se garantizará a los trabajadores desempleados el acceso gratuito a los servicios prestados por los Servicios Públicos de Empleo.

El desarrollo de la CCS del SNE con la Orden ESS/381/2018, proporciona el marco de referencia común de los protocolos de las actividades y los criterios de calidad de la prestación de los servicios de la CCS, concebido como una Guía técnica de referencia para ayudar a todos los agentes del SNE a implantar paulatinamente la CCS. Recoge los protocolos específicos para cada una de las veinte actividades incluidas en sus cuatro servicios, con los contenidos y requisitos comunes de la prestación de las mismas.

Por otra parte, el RD 7/2015 prevé la actualización de la CCS, que se realizará mediante la evaluación periódica del coste, eficacia, eficiencia, satisfacción de los usuarios, efectividad y utilidad de los servicios incluidos a través de una comisión establecida al efecto en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

Respecto a la actualización y mejora de la CCS, la nueva EEAAE 2021-2024 propone los siguientes objetivos específicos (y medidas): proceso de evaluación sobre seguimiento y evaluación de la atención de las personas y las empresas a través de la CCS del SNE; acompañamiento personalizado a demandantes de empleo impulsando la CCS del SNE desde la perspectiva de la persona; valorar la atención de las personas y las empresas a través de la CCS del SNE (evaluación de la calidad, impacto y satisfacción de la prestación de los servicios de la CCS del SNE, y creación de un mecanismo especializado de evaluación de la calidad en la prestación de los servicios de la CCS del SNE); y diversificar las formas de prestación (presencial o digital) de los servicios de la CCS del SNE. 

Cada Servicio Público de Empleo podrá establecer su propia Cartera de Servicios, que incluirá, además de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, aquellos otros complementarios que el Servicio Público determine en el ámbito de sus competencias, atendiendo a la evolución de su mercado de trabajo, a las necesidades de las personas y empresas, a las prioridades establecidas en el marco del Sistema Nacional de Empleo y a los recursos disponibles.

El acceso a determinados servicios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo requerirá la inscripción como demandante de empleo y/o servicios, tanto de las personas desempleadas como de las ocupadas.

Los Servicios Públicos de Empleo podrán prestar los servicios a sus usuarios directamente, a través de sus propios medios, o a través de entidades colaboradoras habilitadas para ello.

Contenido de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo

La Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo está integrada por los servicios de orientación profesional, de colocación y de asesoramiento a las empresas, formación y cualificación para el empleo y de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento. Para cada uno de dichos servicios se establece el objeto del mismo, así como las actividades que contempla que pueden prestarse a los usuarios de los Servicios Públicos de Empleo.

  • Servicio de orientación profesional. Se trata de un servicio integral que tiene por objeto la información, el diagnóstico de la situación individual, el asesoramiento, la motivación y acompañamiento en las transiciones laborales, bien desde la educación al mundo laboral o entre las diversas situaciones de empleo y desempleo que pueden darse a lo largo de la vida laboral. Tiene por finalidad ayudar a los usuarios a mejorar su empleabilidad, promover su carrera profesional y facilitar su contratación u orientar hacia el autoempleo.
    Asimismo, y a partir del diagnóstico de las necesidades del usuario, la orientación podrá dar lugar a la prestación de otros servicios especializados de la cartera, incluyendo las siguientes actividades:
         
    • Diagnóstico individualizado y elaboración del perfil del usuario: la atención específica al mismo, al objeto de identificar sus habilidades, competencias, formación, experiencia, intereses, situación familiar y las posibles oportunidades profesionales.
    • Diseño del itinerario personalizado para el empleo: la elaboración (y comunicación explícita al usuario) del proceso que se considere más adecuado para su acceso al empleo, de acuerdo con su perfil, necesidades y expectativas a través de criterios técnicos y estadísticos, incluyendo las principales actuaciones propuestas y el calendario de realización, así como los elementos de verificación y seguimiento.
    • Acompañamiento personalizado en el desarrollo del itinerario y el cumplimiento del compromiso de actividad: el seguimiento individual y personalizado por parte de un tutor u orientador de las actuaciones que el usuario vaya llevando a cabo en ejecución de su itinerario, la revisión y actualización del mismo, la fijación y supervisión del cumplimiento de hitos, etapas y obligaciones, así como del compromiso de actividad (para usuarios que también sean perceptores de prestaciones).
    • Asesoramiento y ayuda técnica adicional para:
      • La definición del currículo que refleje el perfil profesional en términos de competencias profesionales: la información y asesoramiento personal, grupal o general a los usuarios, así como la provisión de instrumentos y técnicas de ayuda para la elaboración de su currículo personalizado.
      • La aplicación de técnicas para la búsqueda activa de empleo: la provisión de información, y manejo básico de los medios, técnicas y herramientas accesibles para la búsqueda de empleo por cuenta ajena, incluyendo los medios telemáticos y el uso de redes sociales.
    • Información y asesoramiento adicional sobre:
      • La situación del mercado de trabajo, las políticas activas de empleo y oferta de los servicios comunes y complementarios de la cartera: la comunicación sobre los datos o las circunstancias relativas al mercado de trabajo y las políticas activas de empleo que puedan resultar de utilidad para incrementar las oportunidades de empleo de los usuarios, incluida la información acerca de los servicios comunes y complementarios de la Cartera.
      • La oferta formativa y los programas que faciliten la movilidad para la formación y cualificación europeas: las actuaciones de asesoramiento especializado a los usuarios respecto de la oferta de formación.
    • Apoyo a la gestión de la movilidad laboral: la información, asesoramiento y el apoyo a la movilidad geográfica y funcional, tanto en el ámbito nacional, europeo e internacional de los usuarios para aprovechar las ofertas de empleo adecuadas a las que puedan tener acceso.
      Incluirá información general acerca de las circunstancias de trabajo más relevantes en el ámbito territorial de la Espacio Económico Europeo, incluyendo el acceso a la información disponible a través de la red EURES.
  • Servicio de formación y cualificación para el empleo. Este servicio tiene por finalidad promover la formación, cualificación profesional, recualificación y actualización permanente de las competencias profesionales facilitando la transición al empleo, ajustando la oferta formativa y la de los proveedores de formación a las necesidades del mercado de trabajo.
    Proporcionará a los usuarios la mejora de sus competencias profesionales a través de una oferta de formación acreditable y formación no formal, así como el reconocimiento de competencias adquiridas por la experiencia laboral.
    La prestación de este servicio requerirá el mantenimiento de sistemas de información integrados, que permitan actualizar el Registro Estatal de centros y entidades de formación, el Fichero de especialidades formativas, un mapa de la programación formativa disponible en cada momento, así como la cuenta de formación de cada trabajador.
    Este servicio comprenderá las siguientes actividades:
    • Formación profesional para el empleo acorde a las necesidades de los usuarios: la programación de una oferta de formación profesional para el empleo, basada en el escenario plurianual que se realice en base al diagnóstico previo de necesidades, prioridades, objetivos y recomendaciones, la formación de demanda que realizan las empresas para sus trabajadores y la formación en alternancia con el empleo, promoviendo asimismo la formación profesional dual mediante la celebración de contratos para la formación y el aprendizaje.
      La programación deberá prever una formación suficiente para facilitar a los usuarios la adquisición de competencias profesionales en función del itinerario personalizado de empleo, de las necesidades de formación identificadas y de la cobertura de las competencias clave y de las competencias transversales para el empleo.
      La oferta de formación se recogerá en los términos previstos para las especialidades formativas en la normativa reguladora de formación profesional para el empleo e incluirá la oferta de formación formal referida al Repertorio Nacional de Certificados de Profesionalidad.
    • Control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación: todas las actuaciones de control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación para el empleo que realicen los Servicios Públicos de Empleo en el ámbito de sus competencias. Asimismo, se promoverán los sistemas de certificación de la calidad.
    • Evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral: todas las actuaciones tendentes a facilitar la evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por los usuarios a través de la experiencia laboral y de las vías no formales de formación.
    • Mantenimiento y actualización de la cuenta de formación: la identificación del historial formativo del trabajador y su reflejo en la cuenta de formación, asociada al número de afiliación a la Seguridad Social, así como su actualización constante.
    • Inscripción, acreditación y selección de centros y entidades de formación profesional para el empleo: la definición y puesta en marcha del sistema de acreditación, inscripción y publicidad de los centros y entidades de formación y su interconexión con el Registro Estatal de centros y entidades de formación para el empleo.
    • Gestión de los instrumentos europeos para favorecer la movilidad en la formación y cualificación profesional: la gestión de los programas e instrumentos que faciliten la movilidad para la formación y cualificación europeas.
  • Servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento. Tiene por objeto apoyar y promover iniciativas emprendedoras y generadoras de empleo y autoempleo, vinculándolas a los usuarios que mejor se ajusten a ellas en función de su perfil y competencias, con especial atención al trabajo autónomo, a la economía social y a la dinamización del desarrollo económico local.
    Los usuarios de los Servicios Públicos de Empleo podrán acceder a un servicio que les facilite la implantación de sus actividades de autoempleo y emprendimiento realizando un acompañamiento en los procesos vinculados. Para ello los Servicios Públicos de Empleo procurarán la coordinación necesaria con las redes de oficinas públicas y privadas encargadas de promover el autoempleo y el emprendimiento, en particular los Puntos de Atención al Emprendedor previstos en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para prestar asesoramiento y acompañamiento a los nuevos autónomos y emprendedores, incluidos los del ámbito de la Economía Social.
    Este servicio comprenderá las siguientes actividades:
    • Asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento: las actuaciones de información y apoyo cualificado a los usuarios interesados en promover su propio autoempleo o en emprender una actividad productiva que conlleve creación de empleo, y especialmente las iniciativas de seguimiento y apoyo a los emprendedores que hayan optado por la capitalización de la prestación por desempleo mediante fórmulas de asistencia técnica y formación.
    • Fomento de la economía social y del emprendimiento colectivo: las actuaciones de difusión, promoción y apoyo a la constitución de cooperativas, sociedades laborales y otras entidades de economía social, así como de formación y asistencia técnica para su constitución y puesta en marcha.
    • Asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo: la información cualificada y el apoyo a la tramitación de las ayudas vigentes al emprendimiento, el autoempleo y la economía social.
    • Asesoramiento sobre incentivos y medidas disponibles para el fomento de la contratación: la información cualificada y el apoyo a la tramitación de los incentivos y medios de fomento de la contratación de las que puedan beneficiarse los emprendedores, en particular los usuarios autónomos y las entidades de la Economía Social.