Objeto
Otorgar una protección especial a las personas que resulten incapacitadas o a los familiares de quienes fallezcan como consecuencia o con ocasión de actividades delictivas cometidas por bandas armadas o elementos terroristas.
Clases de pensiones que se otorgan
Sujetos causantes
Quienes estando afiliados al sistema de la Seguridad Social se encuentren o no en situación de alta en alguno de sus regímenes, sean víctimas de un acto terrorista, acreditado mediante un certificado del Ministerio del Interior emitido al efecto, que deberá confirmar la calificación del hecho causante como acto terrorista y que las lesiones o el fallecimiento se produjeron como consecuencia del referido acto de terrorismo.
Cuantía y condiciones de las pensiones
Tramitación
La evaluación y calificación de la incapacidad permanente se llevará a cabo por el Equipo de Valoración de Incapacidades de la Dirección Provincial del INSS de Madrid.