Tendrá carácter innovador con especial interés para España la actividad emprendedora a la que las oficinas comerciales españolas en el exterior o la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, hayan emitido informe favorable en tal sentido.
Con el fin de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar la actividad emprendedora, los extranjeros pueden solicitar visado para entrar y permanecer en España por un período de un año. Iniciada la actividad empresarial podrán acceder a la “residencia para emprendedores” que tendrá validez en todo el territorio nacional, pudiendo ser renovada por periodos de 2 años, siempre que se mantengan las condiciones que generaron el derecho.
Para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España. Asimismo, se tendrá en cuenta: