Ministerio de Trabajo y Economía SocialCiudadanía Española en el Exterior, Inmigración y Movilidad Internacional. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Ciudadanía Española en el Exterior, Inmigración y Movilidad Internacional

38. 3. Autorización de residencia para emprendedores y actividad empresarial

Tendrá carácter innovador con especial interés para España la actividad emprendedora a la que las oficinas comerciales españolas en el exterior o la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, hayan emitido informe favorable en tal sentido.

Con el fin de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar la actividad emprendedora, los extranjeros pueden solicitar visado para entrar y permanecer en España por un período de un año. Iniciada la actividad empresarial podrán acceder a la “residencia para emprendedores” que tendrá validez en todo el territorio nacional, pudiendo ser renovada por periodos de 2 años, siempre que se mantengan las condiciones que generaron el derecho.

Para la valoración se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España. Asimismo, se tendrá en cuenta:

  • El perfil profesional del solicitante, su formación y experiencia profesional así como su implicación en el proyecto. En caso de que existan varios socios, se evaluará la participación de cada uno de ellos, tanto de los que solicitan un visado o autorización como de los que no requieran el mismo.
  • El plan de negocio, incluyendo descripción del proyecto, el análisis de mercado, servicio o producto, y la financiación.
  • El valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.