Pretenden facilitar la contratación y el acceso a la actividad laboral de diversos colectivos de trabajadores a través de la contratación indefinida o temporal.
El fomento de la contratación indefinida se efectúa a través de ayudas económicas e incentivos fiscales, bonificaciones y/o reducciones de las cotizaciones a la Seguridad Social, a la contratación de determinados colectivos de trabajadores y a la transformación de contratos en prácticas, para la formación y el aprendizaje, relevo y sustitución por anticipación de la edad de jubilación en indefinidos.
Por su parte, las medidas para la contratación temporal buscan favorecer la contratación y el acceso al trabajo de los trabajadores discapacitados, víctimas de violencia de género, doméstica, terrorismo , trata de seres humanos y colectivos en exclusión social, a través de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social (ver capítulo 12 sobre los contratos de trabajo y sus diferentes modalidades).
El Sistema Nacional de Garantía Juvenil tiene como finalidad principal que el colectivo de jóvenes no ocupados ni integrados en los sistemas de educación o formación - y que sean mayores de 16 años y menores de 30 años - puedan recibir una oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodo de prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleados. Para ello, se busca desarrollar medidas de apoyo o programas, con especial incidencia en las siguientes líneas:
Para beneficiarse de la atención del Sistema Nacional de Garantía Juvenil es necesario estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Requisitos para la inscripción
Se ha de señalar que la aplicación de este incentivo se llevará a cabo según lo dispuesto en la Sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, salvo lo establecido en los artículos 2.7 y 6.2.
Se prevén bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social aplicables a las empresas de inserción en los supuestos de contratos de trabajo suscritos con personas en situación de exclusión social de 70,83 euros/mes (850 euros/año) durante toda la vigencia del contrato, o durante tres años en caso de contratación indefinida, o bien de 137,50 euros/mes (1.650 euros/año) durante toda la vigencia del contrato o durante tres años, en caso de contratación indefinida, para el caso de menores de 30 años, o menores de 35 años que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Estas bonificaciones no serán compatibles con las previstas en el artículo 16.3.a) de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre.