Ministerio de Trabajo y Economía SocialEl apoyo a la creación de empresas y el empleo. Ministerio de Trabajo y Economía Social

El apoyo a la creación de empresas y el empleo

9.12. Fondo Social Europeo (F.S.E.)

¿Qué es el Fondo Social Europeo?

El Fondo Social Europeo (FSE) es uno de los cinco Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) que la Unión Europea pone a disposición de los Estados Miembros para conseguir la cohesión económica y social de Europa, promoviendo el empleo y el desarrollo de las personas.

Asignación económica del FSE en España

En el actual período de programación (2014-2020), que se estará ejecutando hasta finales de 2023, España cuenta con una dotación financiera de 13.713 millones de euros, tras producirse en 2021 un aumento de 3.881 millones con cargo a los nuevos recursos de React UE (recursos adicionales para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19).

Esta cifra incluye, además de la asignación financiera FSE, las siguientes partidas:

  • El Fondo procedente de la “Iniciativa de Empleo Juvenil” (“Youth Employment Iniciative”, YEI) cuya asignación para España asciende a 1.392,3 millones de euros.
  • El Fondo de Ayuda Europea a las Personas más Desfavorecidas (FEAD), del cual se han asignado a España 563,4 millones de euros. A esta cantidad se han añadido recientemente 40 millones procedentes de los recursos React UE.

Todas las regiones de la UE siguen recibiendo apoyo financiero mediante unas tasas de cofinanciación determinadas, de acuerdo a tres categorías de regiones:

  • Regiones menos desarrolladas, con un PIB per cápita inferior al 75% de la media de la Unión, que siguen siendo la prioridad principal de la política europea.
  • Regiones de transición, con un PIB per cápita comprendido entre el 75 % y el 90 % de la media de la UE 27.
  • Regiones más desarrolladas, con un PIB per cápita superior al 90 % de la media.

En cuanto a las tasas de cofinanciación FSE, éstas dependen de la clasificación de las regiones españolas. En la siguiente figura se especifican los porcentajes según el tipo de regiones:

Figura 1: Tasas de cofinanciación FSE en España y, de acuerdo, a el tipo de regiones.

Fuente: Elaboración propia. UAFSE

 

Contribución del FSE a la Estrategia Europa 2020     

La ejecución del Fondo Social Europeo en España para el periodo 2014-2020 estará alineada con lo establecido en el Plan Nacional de Reformas (en adelante PNR) y con la Estrategia Europea 2020 en la consecución de:

  • Objetivos en materia de empleo, educación y reducción de la pobreza.
  • Dar respuesta a los principales desafíos de los próximos años: globalización, cambio demográfico, cambio climático y aprovisionamiento energético.

Los principales indicadores a conseguir son los siguientes:

  • Una tasa de empleo del 74% para el conjunto de la población de 20 a 64 años (un 68,5% en el caso de la población femenina).
  • Una tasa de abandono escolar inferior al 15%.
  • Un 44% de la población entre 30 y 34 años con estudios superiores terminados.
  • Una reducción de 1,5 millones en el número personas en riesgo de pobreza o exclusión social.

¿Quién coordina la gestión del FSE?

El Ministerio de Trabajo y Economía Social, a través de la Unidad Administradora del Fondo Social Europeo (UAFSE), dependiente de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, ejerce las funciones atribuidas al Estado Miembro por los Reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo relativos al Fondo Social Europeo y demás normativa comunitaria aplicable a tales materias.

Las Comunidades Autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla comparten funciones en la gestión de los Programas Operativos Regionales.

Programas operativos en España

La programación FSE para España se compone de los siguientes Programas Operativos:

  • 3 grandes Programas Operativos nacionales que son de carácter horizontal y temático:
    • Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.
    • Programa Operativo de Inclusión Social y de la Economía Social.
    • Programa Operativo de Empleo Juvenil vinculado al desarrollo de la “Iniciativa de Empleo Juvenil”.

Los 3 Programas Operativos obedecen a la necesidad de garantizar una actuación uniforme y homogénea en el territorio estatal, sin perjuicio de la obligada adaptación a las peculiaridades de las comunidades autónomas, con el objeto de permitir un mejor equilibrio territorial, así como la cohesión social, pretendiendo garantizar los objetivos de enfoque temático así como la complementariedad con los programas operativos regionales.

  • 19 Programas Operativos regionales: uno por Comunidad Autónoma y Ciudad Autónoma.
  • Programa Operativo de Asistencia Técnica.

9.12.1 Programa Operativo de Empleo Juvenil

Principales características

El Programa Operativo de Empleo Juvenil está vinculado al desarrollo de la “Iniciativa de Empleo Juvenil”. Esta Iniciativa representa uno de los instrumentos financieros destinados al cumplimiento de la Recomendación sobre la Garantía Juvenil, acordada por el Consejo de Ministros de Empleo y Asuntos Sociales de la Unión Europea. Esta recomendación supone para España la obligación de implantar, de una forma gradual, los sistemas de Garantía Juvenil que aseguren que jóvenes que no están trabajando ni estudiando, mayores de 15 y menores de 30 años, estén o no registrados en los servicios públicos de empleo, reciban una oferta de empleo de buena calidad, o de educación continua, o de formación como aprendices o un período de prácticas, en un plazo de cuatro meses desde que abandonaron la educación formal o se quedaron sin empleo.

Por tanto, el público objetivo al que se dirige este programa operativo son las personas jóvenes, incluidas en la franja de edad señalada anteriormente, que no se encuentren empleadas, ni participen en actividades de educación ni formación y que vivan en regiones con una tasa de desempleo juvenil superior al 25% (todas las regiones españolas cumplen este criterio).

El marco temporal de actuación de este Programa Operativo es 2014-2020, pero conforme a la regla presupuestaria n+3, que da un plazo de 3 años para ejecutar cada compromiso presupuestario anual desde el año en que se contrajo (año N), la ejecución se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023. No obstante, la asignación financiera de la YEI y la correspondiente a la asignación mínima obligatoria a cargo del FSE se concentrarán entre 2014-2015 y entre 2017-2020 (con sus correspondientes N+3).

Estructura de financiación

Tal y como se ha indicado anteriormente, España tiene una asignación de 1.392,3 millones de euros corrientes procedentes de la Iniciativa de Empleo Juvenil. Este importe, gozará de una cofinanciación del 100%.

Para acceder a los fondos YEI, el Estado miembro está obligado a realizar una asignación mínima obligatoria a cargo del FSE de un importe equivalente a la cantidad YEI. Esto significa que en España, esta asignación mínima ha sido de 1.392,3 millones de euros. La tasa de cofinanciación en este caso será la propia del FSE en cada categoría de región. Sin embargo, al haberse optado por un Programa Operativo de ámbito estatal, la tasa de cofinanciación ha sido la más elevada de todo el territorio. En el caso de España es del 85% (tasa de cofinanciación de la Comunidad Autónoma de las Islas Canarias). El resultado es una tasa de cofinanciación media cercana al 92% para cada solicitud de pagos que se remita a la Comisión Europea.

Para su gestión financiera, y la aplicación de los fondos, se ha configurado un tramo nacional (financiado por la AGE) y un tramo autonómico (financiado por las CC.AA.). En la práctica, esto se traduce en la participación en el Programa Operativo tanto de organismos intermedios autonómicos como estatales. También participan entidades privadas.

En cuanto al reparto financiero, se han seguido las siguientes reglas:

  • En primer lugar, la asignación del importe YEI a cada Comunidad Autónoma, se ha realizado según lo que representa su población de jóvenes destinatarios, respecto al conjunto del Estado.
  • Una vez realizada la asignación anterior, la distribución AGE-CC.AA. responde al criterio de reparto Estado-CC.AA. empleado por la DG de Fondos Comunitarios (Ministerio de Hacienda) para cada Comunidad.

Bajo la YEI y la asignación mínima obligatoria a cargo del FSE, únicamente son gastos elegibles las acciones directas sobre el público objetivo y están explícitamente excluidas las actividades destinadas a los sistemas o estructuras, las cuales se financian con el FSE complementario.

Además de la asignación obligatoria a cargo del Fondo Social Europeo, España destina recursos adicionales del FSE para el fomento del empleo juvenil, que se destina a:

  • Actuaciones indirectas que contribuyan al mejor desarrollo de las acciones directas con las personas destinatarias del programa en 2014 y 2015 (ej. formación de formadores).
  • Actuaciones que incidan directa o indirectamente sobre la población objetivo desde 2016 hasta 2020.
  • Actuaciones dirigidas a la puesta en marcha de los sistemas de Garantía Juvenil.
  • Asistencia técnica

Tanto la asignación FSE mínima obligatoria, como la asignación FSE adicional se detrae de la propia asignación de las CC.AA. y de la AGE.

Ejes temáticos en el Programa Operativo de Empleo Juvenil

  • Eje prioritario 1: Fomento del empleo sostenible y de calidad y de la movilidad laboral.
  • Eje prioritario 5: Integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes que no se encuentran empleadas, ni participan en actividades de educación ni formación, en particular en el contexto de la Garantía Juvenil.
  • Eje prioritario 8: Asistencia Técnica.

Actuaciones elegibles en el Programa Operativo de Empleo Juvenil

Algunos ejemplos de actuaciones clave, elegibles en este Programa Operativo, son los siguientes:

  • Formación con compromiso de contratación.
  • Bonificaciones de cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Ayudas al empleo.
  • Medidas de movilidad.
  • Apoyo a jóvenes emprendedores.
  • Programas de segunda oportunidad.
  • Certificados de profesionalidad.

Actuaciones no elegibles por YEI, sino FSE adicional (distinto al FSE de asignación obligatoria):

  • Campañas de captación, sensibilización, difusión…
  • Formación de formadores.
  • Las relacionadas con seguimiento y evaluación (herramientas informáticas, estudios, análisis…).