Ministerio de Trabajo y Economía SocialModificación, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Modificación, Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo

15.4. Desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional por empresas establecidas en España

Obligaciones de las empresas

Las empresas establecidas en España que desplacen temporalmente a sus trabajadores al territorio de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán garantizar a éstos las condiciones de trabajo establecidas en el lugar de desplazamiento por las normas nacionales de transposición de la Directiva 96/71/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios , sin perjuicio de la aplicación a los mismos de condiciones de trabajo más favorables derivadas de lo dispuesto en la legislación aplicable a su contrato de trabajo, en los convenios colectivos o en los contratos individuales.

Información de las condiciones de trabajo del lugar donde se va a efectuar el desplazamiento

Puede consultar la siguiente información:

https://www.mites.gob.es/es/sec_trabajo/debes_saber/desplazamiento-trabajadores/desplazamiento-empresas/index.htm#info

Disposiciones aplicables a la actividad transnacional de Empresas de Trabajo Temporal españolas

Puede consultar la siguiente información:

https://www.mites.gob.es/es/sec_trabajo/debes_saber/desplazamiento-trabajadores/desplazamiento-empresas/index.htm#competencia