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Sistema fiscal

Impuesto sobre la renta de las personas físicas

Las personas con residencia legal en Polonia tributan sobre el importe global de sus ingresos; las no residentes únicamente por la renta obtenida en Polonia.

Más información sobre las bases de tributación en las páginas web de la Oficina económica y comercial de España en Varsovia, así como de la Tesorería polaca o del Ministerio de Finanzas.

Tipos impositivos

Según el tratado de doble imposición hispano-polaco una persona es residente permanente “allí donde tenga su hogar permanente”. Si tiene dos, se considera residente del país “con el que fueren más estrechas sus relaciones personales y económicas”.

Las remuneraciones obtenidas por trabajo realizado en Polonia son consideradas como rentas, independientemente de donde se cobren.

El año fiscal coincide con el año natural, las declaraciones se realizan anualmente y la fecha límite para su presentación es el 30 de abril. El impuesto es progresivo, distinguiéndose dos tramos con sus correspondientes tipos impositivos.

 

Ingresos Tasa
≤ 85.528 PLN 18% después de descontar 556,02 PLN
> 85.528 PLN 14.839,02 PLN + 32% de lo que supere 85.528 PLN

A las personas físicas que desempeñan actividades empresariales se les aplica el impuesto correspondiente con la escala progresiva. No obstante, tienen la opción de elegir una tasa fija del 19%. Además, ciertos ingresos relacionados con ganancias del capital e ingresos obtenidos de no residentes pueden estar sujetos a una tasa fija (19% y 20%).

Existen ciertas exenciones fiscales previstas por la Legislación Tributaria Polaca. Los individuos sujetos al pago de este impuesto podrían beneficiarse de las siguientes deducciones o exenciones:

  • a) deducción por cotizaciones obligatorias a la seguridad social en Polonia o en el extranjero;
  • b) donaciones con fines benéficos;
  • c) gastos relacionados con el uso de Internet;
  • d) contribuciones obligatorias al seguro de asistencia sanitaria en Polonia o en el extranjero;
  • e) plan de pensiones privado;
  • f) gasto por número de hijos.

Los españoles residentes no permanentes en Polonia pueden tributar en España por su renta obtenida en Polonia en los siguientes casos:

  • Estancia en Polonia de no más de 183 días durante el año fiscal.
  • El empleador no tiene su domicilio en Polonia o residencia fija (por ejemplo, el empleador tiene contrato con una sociedad extranjera/española).
  • Los gastos salariales no están a cargo de la filial o sucursal de la empresa española en Polonia.

Estas regulaciones se aplican únicamente al trabajo asalariado. Otros casos están regulados por el Convenio para evitar la doble imposición entre España y Polonia.