Al retornar a España tienes varias opciones:
Si estás percibiendo la prestación por desempleo en Alemania, has permanecido inscrita/o como demandante de empleo durante 4 semanas como mínimo, y te trasladas a buscar empleo a España o a otro país de la UE/EEE o a Suiza, puedes exportar dicha prestación durante 3 meses, con posibilidad de prorrogarla por otros 3 meses. Para ello debes:
El pago de la prestación se seguirá realizando por el mismo sistema que durante tu residencia en Alemania.
IMPORTANTE: El pago de la prestación se interrumpe al darte de baja en los servicios de empleo alemanes y se reanuda una vez has presentado el formulario PD U2 en el SEPE y éste lo ha comunicado a la agencia de empleo alemana. Por este motivo te recomendamos que pidas cita online en ambos organismos tan pronto solicites el PD U2.
Obligaciones durante la exportación
A partir de la entrega del PD U2 en la oficina del SEPE quedarás a disposición de los servicios de empleo españoles, debiendo, por tanto:
Si llegado el momento del retorno, no reúnes los requisitos para acceder a la prestación contributiva en Alemania o no deseas hacerlo, podrás hacer valer tus cotizaciones en España posteriormente al solicitar una prestación por desempleo. Informa al SEPE sobre tus cotizaciones en Alemania. Desde allí se solicitará el documento acreditativo de las mismas directamente a la agencia de empleo alemana a través del sistema electrónico de intercambio de datos (EESSI).
Si ya hubieses utilizado tus cotizaciones para acceder a una prestación por desempleo en Alemania pero no la llegaste a percibir en su totalidad, comunica asimismo dicha información al SEPE en el momento en que vayas a solicitar una prestación por desempleo en España. Como se ha indicado en el párrafo anterior, desde allí se solicitará dicha información a la agencia de empleo.
Se tendrán en cuenta tus periodos cotizados en Alemania, si bien se reducirá la duración de la prestación que se te apruebe en España en tantos días como hayas cobrado de dicha prestación en Alemania.
Acceso a prestaciones por desempleo en España:
Por totalización: Como regla general, al retornar a España se ha de trabajar para generar una nueva situación legal de desempleo. Finalizada de forma involuntaria dicha actividad laboral, podrás solicitar prestaciones por desempleo totalizándose las cotizaciones españolas y alemanas reflejadas en tu PD U1, a efectos de determinar el posible derecho y la duración de la prestación.
Por cotizaciones anteriores a la salida de España: Si al retornar con tu PD U1 cuentas con cotizaciones al seguro de desempleo en España anteriores a tu traslado a Alemania de las que aún no has hecho uso y son suficientes para generar derecho a prestaciones por desempleo podrías acceder a ellas sin tener que volver a trabajar. En dicho caso, se tendrán en cuenta solo las cotizaciones de los seis años anteriores a tu salida de España. Las cotizaciones efectuadas en Alemania no se totalizan.
En principio los minijobs no cotizan al seguro de desempleo, salvo si se dan ciertas condiciones (simultanear más de un minijob y por encima de determinada retribución). Por tanto, es importante que compruebes si has cotizado. Si no lo has hecho, no es necesario solicitar ningún formulario. Solo si has cotizado al seguro de desempleo podrías estar en alguna de las situaciones anteriores.