¿Quién puede suscribir dicho seguro?
Los trabajadores por cuenta propia (autónomos) tienen la posibilidad de abonar cuotas al seguro de desempleo siempre que su actividad autónoma se desarrolle por lo menos durante 15 horas a la semana.
También pueden solicitar el alta voluntaria en el seguro de desempleo los siguientes colectivos:
- Personas que desempeñen una actividad profesional fuera de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
- Los progenitores que disfrutan de un permiso parental (Elternzeit): con hijos nacidos de un parto múltiple, con varios hijos nacidos en una sucesión breve, cuando se concatenan los dos permisos, con hijos menores de tres años adoptados o en acogida.
- Personas que cuidan a familiares dependientes durante por lo menos 14 horas semanales, siempre que el familiar perciba prestaciones del seguro de dependencia o similares.
- Personas que continúan su formación profesional o continua dentro de un programa de estudios orientado a la consecución de un puesto de trabajo.
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