Plazos
La pensión de jubilación se concede a partir del mes natural en cuyo comienzo se tengan cumplidos los requisitos, si se solicita dentro de los tres meses siguientes al hecho causante. Por ejemplo, los nacidos el 24 de agosto deberán jubilarse el 1 de septiembre.
Pasado el plazo de tres meses, la pensión se concede a partir del mes de la solicitud.
Las pensiones de viudedad y orfandad se conceden a partir de la fecha del fallecimiento del asegurado si se solicitan dentro de los 12 meses siguientes. Pasados estos 12 meses, se concede a partir del mes de la solicitud.
Institución competente
La pensión se solicita en el organismo que corresponde por el país de residencia. Si solo se ha cotizado a un sistema de seguridad social de otro país distinto al de residencia, la solicitud puede presentarse en el organismo del país encargado de tus cotizaciones.
Alemania:
España:
Comunicación cambios
En todas las comunicaciones con las entidades alemanas de pensiones hay que indicar el número de seguro (Versicherungsnummer); en caso de desconocerlo, habrá que indicar la fecha de nacimiento junto al nombre y apellidos. El DNI no es necesario por no ser un dato de referencia en el sistema alemán.
Comunicación de cualquier tipo de cambio o incidencia relacionados con el abono de la pensión:
Solicitud de informe de cotizaciones o de duplicados de resoluciones de pensiones:
Interlocutor para todo lo relacionado con las pensiones de residentes en España: