Fecha de publicación: 30 de enero de 2020
Si estás enfermo y no puedes ir a trabajar, deberás enviar a tu empresa un parte de baja extendido por un facultativo. En alemán se llama “Arbeitsunfähigkeitsbescheinigung”, o más sencillamente “Krankschreibung” o “Attest”.
¿Cuándo tienes que enviar el parte de baja?
En caso de enfermedad tienes la obligación de presentar el parte de baja a más tardar el día siguiente al tercer día de enfermedad. Si en el contrato laboral o convenio colectivo no consta de otra manera o tu empleador no te lo exige expresamente, los primeros tres días no necesitarás enviar el parte de baja, aunque sí deberás informar inmediatamente a la empresa. A partir del cuarto día deberás ir al médico a que te lo expida con efectos retroactivos a partir de la fecha del inicio de la enfermedad y enviarlo inmediatamente a la empresa.
¿Y si enfermo durante las vacaciones?
Si enfermas mientras estás de vacaciones, deberás comunicar la baja inmediatamente a tu empleador. Los días de enfermedad no cuentan como vacaciones. Si estás en el extranjero deberás solicitar el parte de baja el primer día de la enfermedad.
¿Debes decirle al empresario qué enfermedad tienes?
No estás obligado a hacerlo. Pero sí deberías si tienes una enfermedad contagiosa, para avisar a los compañeros de trabajo.
¿Qué me está permitido hacer mientras estoy de baja?
De hecho, todo aquello que no perjudique tu salud o el proceso curativo. Sí está prohibida cualquier actividad laboral y, si el médico te recomienda que te quedes en casa, solo deberías salir para lo absolutamente necesario, como ir al médico o a la farmacia.
¿Puedo pedir la baja si mis hijos están enfermos?
Si tienes hijos menores de 12 años y enferman, tendrás derecho al salario por enfermedad durante un máximo de 10 días al año (20 días para familias monoparentales). El médico te expedirá la correspondiente baja. Si trabajáis ambos progenitores, cada uno tiene derecho a 10 días. Si tienes más hijos menores, el periodo puede ampliarse a 25 días si trabajáis ambos (familias monoparentales: 50 días). Comprueba de todas formas las disposiciones de tu contrato.
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