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NOVEDAD: Programa de viajes para personas mayores 2021/2022 (IMSERSO)

Fecha de publicación: 14 de julio de 2021

El pasado 30 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria de viajes del IMSERSO para personas mayores de 2021/2022: https://www.boe.es/boe/dias/2021/06/30/pdfs/BOE-A-2021-10871.pdf.

 

Resumen condiciones participación

 

Beneficiarios del programa

  • Podrán participar en el Programa de Turismo del Imserso:

  Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

  1. Ser pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social español
  2. Ser pensionista de viudedad del sistema de la Seguridad Social español con 55 o más años de edad
  3. Ser pensionista por otros conceptos del sistema de la Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 o más años de edad.
  4. Ser asegurado o beneficiario del sistema de la Seguridad Social español, con edad igual o superior a 65 años.

    Los españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan los requisitos exigidos en el apartado 1. a), de este artículo.

    Los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de seguridad social del país o países a los que hubieran emigrado.
  • Las personas usuarias podrán ir acompañados por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos exigidos en el artículo 4.1.
    Asimismo, las personas usuarias podrán ir acompañadas de los hijos con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones individuales que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.

  • Las personas usuarias de plazas y sus acompañantes, excepto los hijos, deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

Lugar de presentación. Las solicitudes podrán presentarse a través de alguno de los siguientes medios:

  • Por medios electrónicos:
    • En la sede electrónica del Imserso: https://sede.imserso.gob
    • Además, podrá presentarse en los registros electrónicos y oficinas relacionados en el artículo 7 de la Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Imserso.

  • Igualmente podrán dirigirse la solicitud al apartado de correos número 10.140, 28080 Madrid.

  • Por último, también podrá dirigir su solicitud a la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Lichtensteinallee 1, 10787 Berlin.

Plazo de presentación: El plazo para la presentación de solicitudes que figura en la Resolución del Programa de Turismo 2021-2022 no será de aplicación a los españoles residentes en el exterior. Para los españoles residentes en Europa finalizará el día 1 de diciembre de 2021.

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