Rastro de migas
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Todos los años, durante el primer trimestre natural (del 1º de enero al 31 de marzo), los perceptores de pensiones de la seguridad social española deben acreditar su vivencia, ante el Organismo correspondiente, mediante el envío en original de uno de los siguientes documentos justificativos:
En caso de haber obtenido el documento justificativo conforme a los puntos b) y c), podrán remitirlo directamente a la Dirección Provincial del INSS que corresponda, o bien presentarlo en esta Consejería o en sus Secciones de Empleo, para su posterior envío. En este caso, no se requiere de nuevo la presencia del beneficiario.
Se recuerda que los tutores o curadores de menores e incapaces deberán presentar documento justificativo de vivencia tanto de ellos como de los perceptores de pensión.
Para otras consultas puede enviarnos un correo electrónico a: argentina@mitramiss.es