Ministerio de Trabajo y Economía SocialResidir en Argentina. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Residir en Argentina

La persona que desee radicarse en la República Argentina deberá presentar ante la Dirección Nacional de Migraciones, documentación de tipo personal y documentación para encuadre migratorio. Esta última varía según el tipo de radicación solicitada (permanente o temporaria) y en función de los motivos de la solicitud (familiar, laboral, estudio, refugiado, académico, etc.).

La Política Migratoria Argentina se define a partir de lo establecido en la Ley Nº 25.871,Dto. 616/2010. De esta forma, todas aquellas personas que deseen radicarse en la República Argentina deberán encuadrar en alguno de los criterios de admisión enumerados en los artículos 22 (residencia permanente), 23 (residencia temporaria) y 24 (residencia transitoria) del cuerpo legal citado.

A tales fines, la Dirección Nacional de Migraciones exigirá a los extranjeros tanto documentación personal, como aquella documentación que sea probatoria de la adecuación de cada persona al criterio de admisión bajo el cual se solicita la residencia. A los efectos operativos y de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente, los modos y requisitos para obtener una residencia observan diferencias de acuerdo a si el solicitante es ciudadano nativo de los países miembros y estados asociados al MERCOSUR o si es NO-MERCOSUR.

  • Radicaciones MERCOSUR

    (Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela)

    HORARIO DE ATENCIÓN: 7:30 A 18:00 HS.

    Todos aquellos extranjeros nativos de los países miembros y estados asociados al MERCOSUR deberán iniciar sus solicitudes de residencia, tanto temporarias como permanentes, en el Departamento Gestión de Trámites MERCOSUR, de la Dirección de Radicaciones, de la Dirección General de Inmigración, Dirección Nacional de Migraciones, o en alguna de sus delegaciones en el interior del país

  • Radicaciones No MERCOSUR

    (Resto del mundo excepto países miembros y asociados al MERCOSUR)

    HORARIO DE ATENCIÓN: 7:30 A 14:00 HS.

    Todos aquellos extranjeros NO nativos de los países miembros y estados asociados al MERCOSUR deberán iniciar sus solicitudes de residencia, en el Departamento Gestión de Trámites NO MERCOSUR, de la Dirección de Radicaciones, de la Dirección General de Inmigración, Dirección Nacional de Migraciones, o en alguna de sus delegaciones en el interior del país 

A los fines de regularizar su situación migratoria, los solicitantes deberán acompañar una serie de documentos personales comunes a todos los tipos de trámite y, adicionalmente, documentación probatoria de la adecuación de cada migrante al criterio de admisión bajo el cual solicita la residencia. 

Tramitación de Ingresos 

Por este trámite se solicita el ingreso y permanencia de extranjeros residentes en el exterior. La Dirección Nacional de Migraciones emite un Permiso de Ingreso que debe ser presentado por los ingresantes ante el consulado argentino con jurisdicción sobre su habitual lugar de residencia. Con dicho permiso, se gestiona ante el consulado la visa para poder ingresar al país, en la categoría migratoria autorizada.

 

www.migraciones.gov.ar