Ministerio de Trabajo y Economía SocialTrabajador desplazado.. Ministerio de Trabajo y Economía Social

Trabajador desplazado.

Aquellos trabajadores que desempeñen sus tareas en empresas radicadas en España y que sean trasladados para prestar servicios en el territorio argentino, por un período no mayor de veinticuatro meses prorrogables por una vez, continuarán sujetos a la legislación española, y por tanto al Régimen de la Seguridad Social del lugar de origen.

Esta opción está prevista en el Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Argentina vigente (artículo 7º), así como en el Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social.

Es importante recordar que el trabajador, en caso de optar por la prórroga del desplazamiento, debe solicitarlo a su empleador antes de los tres meses de la finalización del período inicial.

En Argentina, el organismo encargado de tramitar dichas solicitudes es la oficina de Convenios Internacionales de ANSeS.