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Exportación/Suspensión de prestaciones

Si se traslada a Bélgica para buscar trabajo y está percibiendo una prestación económica por desempleo hay dos posibilidades:

En ambos casos hay que dirigirse a la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que corresponda, sabiendo que:

  • Para la suspensión, no podrá recuperar los derechos si la misma es superior a un año.
  • Para la exportación, se debe solicitar por un periodo de tres meses, prorrogable por otros tres como máximo y proceder a su inmediata inscripción en los servicios del Office nacional de l´Emploi del lugar de su residencia en el plazo de 7 días. (la exportación de derechos disminuye la duración total disponible en el tiempo que corresponda.

Puede obtener más información en:

Además, la disposición final segunda del Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, establece que la salida a países del Espacio Económico europeo y Suiza para la búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, siempre que la estancia sea inferior a 90 días, no interrumpirá la inscripción al programa de renta activa de inserción. Si estuviera en esta situación deberá contactar con la oficina del SEPE que le corresponda.

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