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Prepara los documentos

  • Para que los documentos oficiales emitidos en Brasil puedan surtir efectos en España deben ser legalizados. El pasado 14 de agosto de 2016 entró en vigor en Brasil el Convenio de la apostilla de La Haya que suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros. A partir de ese momento todos los documentos públicos brasileños que cuenten con la Apostilla tienen validez en España sin necesidad de ser legalizados por la Embajada o los Consulados de España en Brasil, sirviendo el mismo procedimiento para los documentos españoles que tengan la Apostilla y que serán válidos en Brasil.

  • Las autoridades competentes para expedir la Apostilla de La Haya sobre los documentos brasileños son los "cartórios" autorizados por el Conselho Nacional de Justiça de Brasil.

  • Después de legalizado el documento en caso de no estar redactado en portugués deberá traducirse por traductor público brasileño. Puede consultar la lista de estos profesionales en la página Web del Sindicato Nacional de Traductores (SINTRA)

     

  • En función de la actividad y tipo de visado que tramites será necesario que dispongas de la documentación necesaria en cada caso, no obstante, y con carácter general y sin poder ser exhaustiva la relación de documentación básica es la siguiente:

    • Pasaporte original en vigor (mínimo 06 (seis) meses de validez).

    • Certificado de antecedentes penales (validez máxima de 90 días).

    • Certificado de nacimiento.

    • Certificado de matrimonio (si fuera el caso).

    • Certificado de nacimiento de los hijos.

    • Certificado de antecedentes penales (validez máxima de 90 días), de cada hijo que le acompañe, mayor de 18 años.

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