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- Asistencia Sanitaria en España para emigrantes en Canadá
Los ciudadanos españoles que residen en Canadá pueden, en su caso, recibir asistencia sanitaria de la Seguridad Social española, en sus desplazamientos temporales a España, por diferentes vías, según el supuesto que les sea de aplicación. Otro tanto puede ocurrir cuando decidan retornar a España. La Seguridad Social española ha habilitado un servicio online donde se puede comprobar el derecho a asistencia sanitaria pública. Además, si se tiene derecho, en este mismo servicio, se puede obtener un documento que lo acredita: https://w6.seg-social.es/das/Inicio
A continuación se explica el derecho a la asistencia sanitaria en España en diferentes supuestos:
Tienen derecho a asistencia sanitaria en sus desplazamientos temporales a España todos aquellos asegurados que no están sujetos al requisito de residencia en España:
NOTA: Los familiares de un español de origen residente en el exterior, con derecho a asistencia sanitaria como asegurado, podrán acceder a la asistencia sanitaria en España por la vía del Real Decreto 8/2008, pero deben solicitar este derecho cuando lleguen a España rellenando un impreso dirigido al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El Real Decreto 8/2008 concede asistencia sanitaria pública a los trabajadores y a los pensionistas por un sistema de protección social extranjero, españoles de origen en el exterior, que se desplacen temporalmente a España, y a los familiares que le acompañen. Para poder acceder a la asistencia sanitaria por esta vía, el interesado deberá acreditar los siguientes aspectos:
Se incluyen en este grupo los trabajadores, los pensionistas de la Seguridad Social, las personas en situaciones de alta o asimilada al alta y perceptores de prestaciones periódicas de la Seguridad Social (RD 1192/2012 de 3 de agosto, art. 2.1)
Los familiares de los españoles retornados y que se establezcan también en España, con carácter general, accederán a la prestación sanitaria española por la misma vía por la que accede el titular del derecho en condición de beneficiarios siempre que cumplan los requisitos previstos legalmente. Esta vía tiene precedencia sobre la vía de la residencia.
El RD 1192/2012 en su artículo 2.1 garantiza la asistencia sanitaria a toda persona que resida legal y efectivamente en España, independientemente de su nacionalidad, y del nivel de ingresos. Este artículo no sólo es de aplicación a los emigrantes retornados, sino a cualquier persona que resida en España.
La información que se facilita es una síntesis meramente orientativa, y no podrá ser invocada en posibles reclamaciones o recursos.