Rastro de migas
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La participación institucional en materia de emigración se instrumenta a través de los Consejos de Residentes Españoles (CRE) y del Consejo General de la Emigración. Su regulación aparece recogida en el Real Decreto 1339/1987, de 30 de octubre, modificado por el Real Decreto 597/1994, de 8 de abril, y por el Real Decreto 2022/1997, de 16 de diciembre (BOE de 02 de noviembre de 1987, de 19 de abril de 1994 y de 16 de enero de 1998).
Según establece el artículo 1 de dicho Real Decreto en todas las circunscripciones consulares en cuyas listas del Centro Electoral de Residentes Ausentes (CERA) se encuentren inscritos como mínimo 700 electores, se constituirá, por elección, un CRE como órgano consultivo de la respectiva oficina consular.
Asimismo, en el artículo 4 se establece que el número de miembros del CRE dependerá del número de residentes españoles en cada circunscripción consular, correspondiendo a Chile 11 miembros acorde al número de residentes en el país.
Las materias respecto de las cuales el CRE desarrolla sus actividades son las siguientes:
Puede encontrar más información o contactar con el CRE en Chile en el siguiente enlace: http://www.crechile.cl/