Ministerio de Trabajo y Economía SocialConvenio bilateral de Seguridad Social España/Chile. Estancia temporal y residencia en España . Ministerio de Trabajo y Economía Social

Convenio bilateral de Seguridad Social España/Chile. Estancia temporal y residencia en España

Si va a desplazarse temporalmente o va a trasladar su residencia a España, podrá exportar el derecho a asistencia sanitaria a España si lo tiene reconocido en FONASA como trabajador, pensionista o beneficiario de los anteriores, y tiene nacionalidad española o chilena.

Tenga en cuenta que no podrá exportar el derecho a asistencia sanitaria en España si pertenece al grupo A de FONASA, ya que se debe estar activamente cotizando en Chile, o ser beneficiario de los que lo hagan.

Para recibir prestaciones sanitarias en España, deberá solicitar en FONASA el formulario de convenio que corresponda, según la situación de que se trate:

Desplazamiento temporal

  • Por motivos laborales para trabajadores desplazados y sus beneficiarios: formulario E/CHL-11, se emitirá al trabajador por el período que conste en el certificado de legislación aplicable emitido por la entidad chilena correspondiente.
  • por motivos particulares para nacionales desplazados y sus beneficiarios: formulario E/CHL-11, por un período máximo de 90 días, renovable mientras subsista el derecho.

Residencia habitual

  • Familiares o sus beneficiarios residentes en España (no residen con el trabajador): formulario E/CHL-9.
  • Pensionistas y sus beneficiarios: formulario E/CHL-9.

El certificado de convenio no necesita ser apostillado para tener validez en España.

Para más información consulte el Convenio bilateral de Seguridad Social España/Chile y el Convenio Multilateral Iberoamericano.