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Crear una empresa

Lo primero a tener en cuenta es que si no has obtenido una visa previa antes de tu llegada a Chile (ver en el apartado de “Entrada y residencia” sus requisitos.). También es posible operar sin visado y con un rut (dni) provisorio de inversionista. 

  • Una vez obtenido, deberás solicitar un RUN provisorio (documento de identidad) para ti y para tu futura empresa, que te permitirá operar jurídicamente y completar el resto de pasos.
  • Luego debes constituir la sociedad con la que quieres operar. Existen 6 formas jurídicas de constituir una sociedad en Chile:

Si lo que deseas es constituir tu propia empresa en Chile, lo primero es definir si la empresa funcionará como persona natural o persona jurídica. Lo anterior tiene varias implicaciones, pues ello afecta su forma de administración y la manera en que tributará. Las diferencias entre una y otra modalidad son:

COMO PERPSONA NATURAL: 

• Formada por una persona o dueño.

• La persona ejerce todos los derechos y obligaciones de la empresa a su nombre

• La persona es responsable personalmente de las deudas y obligaciones de la empresa

• La empresa funciona con el mismo RUT de la persona natural

• No se requiere demostrar un capital para emprender la actividad

• Puede funcionar como empresa unipersonal o individual o microempresa familiar

COMO PERSONA JURÍDICA:

• Puede ser formada por una o más personas, tanto naturales como jurídicas 

• La empresa asume todos los derechos y obligaciones de sí misma

• Las deudas u obligaciones se limitan a los bienes de la empresa

• La empresa tiene su propio RUT

• Se requieren de un capital, en dinero o bienes, para su constitución

• Puede funcionar como sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad colectiva, sociedad comanditaria o empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), entre otras

DIFERENTES TIPOS DE SOCIEDADES: 

  1. Sociedad Anónima

Es una persona jurídica que se origina por la constitución de un patrimonio único aportado por los socios. Estos tienen una responsabilidad que se limita al monto de los aportes que cada uno haya hecho. La sociedad anónima puede ser abierta o cerrada, y es administrada por un directorio. Su objetivo es siempre comercial.

  1. Sociedad por Acciones

La SpA o sociedad por acciones se creó como una forma simplificada de las sociedades anónimas especialmente para las empresas de capital de riesgo.  Está especialmente dirigida a quienes inician una empresa en solitario, pero pretenden ir incorporando socios.

  1. Sociedad de Responsabilidad Limitada

Las Sociedades Limitadas (SRL) nacen en Chile en la década del 20 como una manera de proteger el patrimonio personal de quienes participan de una sociedad frente al ejercicio comercial.  Este tipo de sociedad está pensado para aquellos socios que tienen una relación de confianza, el mínimo para formarla son 2 personas y el máximo 50.

  1. Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada

Son Empresas individuales de responsabilidad limitada, como su nombre lo indica están conformadas por una sola persona. Este tipo de empresa puede emitir factura, pero no boletas de honorarios.

5. Sociedad Colectiva Comercial

En este tipo de sociedad los socios intervienen en la gestión y responden personal e ilimitadamente por las deudas de la sociedad, es decir, responden incluso con sus bienes personales.

6.Sociedad en Comandita

Esta sociedad está formada por dos tipos de socios: comanditarios y gestores. Los primeros solo aportan capital y responden solo por lo ello, mientras el socio gestor administra la sociedad y responde ilimitadamente.

Finalmente:

  • Debes inscribir la Sociedad en el Conservador de Bienes Raíces y en el Registro de Comercio.
  • Publicación en el Diario Oficial.
  • Inicio de actividades ante el Servio de Impuestos Internos (SII) para tu empresa.

REQUISITOS LEGALES DE CONSTITUCIÓN:

1- Persona natural

Se requiere cédula de identidad para constituir la empresa, salvo ensit uaciones donde es necesario un representante, como es el caso de los menores de edad
• Se puede constituir bajo la modalidad de microempresa familiar, que debe cumplir los siguientes requisitos:
- Que la actividad económica que constituye su giro se ejerza en la casa habitación
- Quien desarrolle la actividad sea legítima(o) ocupante de la casa habitación familiar (casa propia, arrendada, cedida)
- Que en ella no trabajen más de cinco personas extrañas a la familia
- Que sus activos productivos (capital inicial efectivo), sin considerar el valor del inmueble en que funciona, no excedan las 1.000 UF

2-Persona Jurídica

• Una escritura legal de constitución que debe ser publicada en extracto en el Diario Oficial
• Debe ser inscrita en el Registro de Comercio
• En el Registro de Empresas y Sociedades (RES), la constitución, extracto y registro se realiza en el sitio “Tu empresa en un día”
• Si no cumplen con alguno de los requisitos señalados, serán consideradas sociedades de hecho, no pudiendo actuar bajo una razón
social en forma independiente de los socios que la componen, por lo que, para los efectos de su tributación, deberán tratarse como si fueran comunidades

TRÁMITES

• Escritura Pública y Protocolización - se hace en notaría.
• Inscripción en el Registro de Comercio del conservador de Bienes Raíces -
conservador de bienes raíces de la comuna.
• Publicación Diario Oficial -
diario oficial. 
• Trámites SII  - 
SII Unidad correspondiente a su domicilio

ETAPAS Y PLAZOS:

El primer paso para la formalización de una empresa es el Aviso de Inscripción en el RUT e Inicio de Actividades. Este trámite es idéntico para personas jurídicas y naturales. La única diferencia es que las personas jurídicas deben solicitar el RUT que las identificará. La obtención del RUT puede realizarse completamente en línea a través del sitio sii.cl. Más detalles sobre el trámite los puedes encontrar aquí.

Para quienes se constituyan en el sitio "Tu empresa en un día", el sistema entregará automáticamente un RUT . El aviso de Inicio de Actividades se debe realizar en el sitio sii.cl, menú Registro de Contribuyentes. Esta obligación puede ser realizada por cualquiera de los socios o bien por el representante legal que cuente con clave secreta para operar en sii.cl. Al efectuar el inicio de actividades es muy importante conocer el Código de Activad Económica.

Una vez realizado el inicio de actividades se lleva a cabo, si corresponde, la verificación de actividades, la que consta de los siguientes pasos:


1. Solicitud de verificacion de actividad en el SII.

2. Recibir la verificación por parte del SII.

DOCUMENTOS QUE SE DEBEN TENER PARA EFECTUAR OBTENCIÓN DEL RUT, INICIO Y VERIFICACIÓN DE ACTIVIDADES.

• Demostrar constitución legal y que posee uno o más representantes (escritura de constitución)
• Cédula de Identidad del representante legal, autorizada por notario
• Cédula de Identidad del mandatario y poder notarial
• Para acreditar domicilio: respaldos de documentos que acrediten uso del domicilio
• Para acreditar profesión: título profesional
• Para acreditar actividad económica: documentos que acrediten actividad específicamente si esta se refiere a transporte, carga, minería o pesca.
• Para la verificación de actividades basta con presentar, según el caso, facturas de proveedores, contrato de arrendamiento/compra de instalaciones, contrato de arrendamiento/compra de maquinaria, contrato de prestación de servicios, contrato de ejecución de obras, contrato de autorización de compra/venta, órdenes de compra.

Todos los documentos que se exhiban deben ser originales. En el caso de las escrituras podrán ser copias autorizadas ante el notario otorgante del instrumento.
En caso de haber efectuado el inicio de actividades por Internet, el sistema validará en forma automática la información ingresada, reportando inconsistencias y señalando si se debe o no concluir el trámite en la unidad del SII para subsanar las observaciones y para
requerir una verificación de actividad en terreno cuando corresponda. 

DOCUMENTOS TRIBUTARIOS

Toda persona o contribuyente que efectúa una actividad económica requiere emitir documentos tributarios autorizados o timbrados por el SII para respaldar sus ventas. Los principales documentos son: boletas, facturas, guías de despacho, notas de débito y notas de crédito. También corresponde timbrar los registros obligatorios para respaldar la contabilidad de la empresa, si es que ésta no se maneja electrónicamente.
Los contribuyentes que den aviso de Inicio de Actividades podrían ser verificados por funcionarios del SII en el domicilio comercial definido para la realización de tales fines. Por ende, deben esperar, al menos, diez días hábiles para emitir facturas u otros documentos que den derecho a Crédito Fiscal IVA. Sin embargo, es posible emitir inmediatamente Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) si el contribuyente se inscribe en el Sistema de Facturación gratuito, en sii.cl.
El SII, a objeto de facilitar las obligaciones tributarias, ha dispuesto la emisión gratuita de DTE e ingreso al Registro de Compras y Ventas. Ambas opciones están disponibles en sii.cl, menú Factura Electrónica, a través de un sistema de facturación gratuito.
Ahora bien, el contribuyente también puede optar por algún sistema de facturación propio u otro disponible en el mercado si así lo prefiere. El sistema gratuito disponible en sii.cl permite, sin costo para el contribuyente, emitir y recibir DTE, facturas electrónicas, Notas de crédito, notas de débito y guías de despacho. Junto con  ello, también hace posible administrar los documentos emitidos y recibidos, registrar y enviar al Registro de Compras y Ventas, ceder sus facturas electrónicas a terceros, entre otras funcionalidades.

A contar de enero de 2021 es obligatoria la emisión de boletas electrónicas para quienes ya emitían facturas electrónicas. No obstante, todos los contribuyentes están obligados a emitir boletas electrónicas a contar del primero de marzo de 2021. Por esta razón, se ha dispuesto de un portal para que los contribuyentes se inscriban en el sistema gratuito de emisión de boletas electrónicas del SII. Dicho portal se encuentra en este link.

DECLARACIONES DE IMPUESTOS.

Los emprendedores que han cumplido con sus obligaciones y que se encuentran debidamente formalizados, deben presentar declaraciones de impuestos como parte de sus obligaciones. A grandes rasgos se pueden identificar dos tipos de declaraciones de impuestos: las mensuales (p.ej. declaración mensual de IVA) y anuales (p.ej. Declaración anual de renta), entre otros.


La declaración mensual de IVA corresponde a la declaración y pago de los impuestos mensuales al valor agregado. Debe ser presentada mes a mes en el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo. En él se declaran y pagan los impuestos mensuales producto de las ventas, compras, ventas exentas y de exportaciones. 
También se pagan retenciones de segunda categoría (honorarios), el impuesto único a los trabajadores, los pagos provisionales mensuales (PPM) obligatorios, la cotización adicional y los créditos y remanentes de empresas constructoras, entre otros.

Cabe señalar que hay contribuyentes exentos del Impuesto al Valor Agregado, como es el caso de aquellos dedicados al desarrollo de software a medida. Sin embargo, la cesión del uso o goce temporal de un software, al asimilarse a un contrato de licenciamiento o sub-licenciamiento, se encuentra gravada con IVA.


Para cumplir con este trámite se debe utilizar el Formulario 29, el que puede ser presentado por Internet en el sitio web del SII, menú Servicios online, Impuestos Mensuales, opción Declaración mensual (F29). Se debe tener presente que, en la actualidad, el SII pone a disposición de los contribuyentes una propuesta de declaración de IVA, lo que facilita mucho este proceso. Asimismo, está disponible la app e-IVA, la que ofrece a los contribuyentes una propuesta de declaración de IVA.


La principal declaración anual es la del Impuesto Anual a la Renta. Esta se realiza en abril de cada año a través de la presentación del Formulario 22, en el que se declaran las rentas o ingresos correspondientes al año anterior. Dependiendo de
la diferencia entre los pagos provisionales pagados durante el año, créditos que pueda utilizar y el monto a pagar en impuestos por dichas rentas, el contribuyente pagará al fisco u obtendrá una devolución por la diferencia. Para cumplir con este trámite
tributario se debe utilizar el Formulario 22 de Declaración Anual a la Renta, el que puede ser presentado por Internet, a través de una aplicación electrónica disponible en el sitio web del SII, menú Servicios online, Declaración de Renta, opción Declarar Renta (F22).
Esto también puede efectuarse a través de la app e-Renta, la que ofrece una propuesta de declaración de renta para personas naturales.

Los requisitos, trámites y demás formalidades que se han de cumplir para crear su empresa lo puede encontrar en: GUIA DEL EMPRENDEDOR

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