La ley chilena permite ejercer actividad profesional como trabajador independiente (autónomo) o al servicio de una empresa (mediante contrato de trabajo).
Como independiente, puedes prestar tus servicios a terceros, y deberás:
Puede realizar el inicio de actividades profesionales como persona natural:
Como trabajador independiente, todas las cargas sociales e impuestos correrán por tu cuenta:
Solamente en los siguientes casos, no estarán obligador al pago de cobertura sanitaria y de AFP:
También es común la figura del trabajador independiente sujeto a honorarios. Su figura se basa en la prestación de servicios específicos para la consecución de un fin por un tiempo determinado. Esta figura no se rige por el Código del Trabajo (libertad de las partes). El sistema impositivo será igual que el de trabajador independiente.
Por último, hay que comentar que también es posible trabajar como dependiente e independiente al mismo tiempo. En la medida en que como trabajador dependiente quedarán cubiertos los pagos referentes a AFP, seguro de accidentes de trabajo y cobertura médica, solo se deberá pagar la retención del 10% del PPM.
En el siguiente sitio enlace podrás encontrar información de cómo inscribirte como independiente en Chile (inicio de actividades). Recordamos de nuevo, que previamente debes haber obtenido tu permiso de residencia.