Las personas de nacionalidad española tienen permitida la entrada a Chile, sin necesidad de visado previo, en calidad de turista, entendiéndose por tal quien ingrese al país con fines de recreo, deportivos, de salud, de estudios, de gestiones de negocios, familiares, religiosos u otros similares, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas. Con carácter general, al momento de la entrada se autoriza una permanencia en Chile por un máximo de 90 días.
En relación con el turismo, existen dos trámites básicos que pueden ser solicitados:
Autorización para Trabajar como Turista. Es importante tener en cuenta que viajando como turista no se puede realizar actividad remunerada en Chile, aun cuando éstas sean pagadas en el extranjero, por lo que es imprescindible obtener el visado de residencia y trabajo antes de viajar o una vez en Chile, de lo que se informa en los apartados siguientes. No obstante, en casos muy excepcionales, se podrá autorizar por el Ministerio del Interior de Chile a los turistas que tengan su permiso vigente para que trabajen en el país por un plazo no mayor de 30 días, prorrogables por periodos iguales hasta el vencimiento del permiso de turismo. En el siguiente enlace puedes consultar los requisitos.