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Entrada a Chile como turista

Las personas de nacionalidad española tienen permitida la entrada a Chile, sin necesidad de visado previo, en calidad de turista, entendiéndose por tal quien ingrese al país con fines de recreo, deportivos, de salud, de estudios, de gestiones de negocios, familiares, religiosos u otros similares, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividades remuneradas. Con carácter general, al momento de la entrada se autoriza una permanencia en Chile por un máximo de 90 días.

En relación con el turismo, existen dos trámites básicos que pueden ser solicitados: 

  • Ampliación de Turismo. Todo aquel extranjero al que la autoridad de control de fronteras limita excepcionalmente su permanencia en el país a un plazo menor de 90 días, puede solicitar ampliar su permanencia hasta completar los 90 días. Esta autorización estará exenta de pago de derechos. Dicho trámite se realiza dentro de los últimos 30 días al vencimiento de la visa. En el siguiente enlace puedes consultar los requisitos.
  • Prórroga de Turismo. Autorización de carácter discrecional que se otorga a los extranjeros para permanecer en Chile, por período adicional de 90 días. Dicho trámite se realiza dentro de los últimos 30 días al vencimiento de la visa. El valor a pagar es de 100 dólares americanos (equivalente en moneda nacional). En el siguiente enlace puedes consultar los requisitos.

Autorización para Trabajar como Turista. Es importante tener en cuenta que viajando como turista no se puede realizar actividad remunerada en Chile, aun cuando éstas sean pagadas en el extranjero, por lo que es imprescindible obtener el visado de residencia y trabajo antes de viajar o una vez en Chile, de lo que se informa en los apartados siguientes. No obstante, en casos muy excepcionales, se podrá autorizar por el Ministerio del Interior de Chile a los turistas que tengan su permiso vigente para que trabajen en el país por un plazo no mayor de 30 días, prorrogables por periodos iguales hasta el vencimiento del permiso de turismo. En el siguiente enlace puedes consultar los requisitos.

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