En Chile el aseguramiento y cotización por salud es obligatorio para todos los trabajadores dependientes (por cuenta ajena), siendo voluntario para los trabajadores independientes (autónomos) hasta el año 2018, en que está previsto establecer la obligatoriedad del aseguramiento y cotización.
Este aseguramiento comprende tanto la asistencia sanitaria como el subsidio por incapacidad temporal para el trabajo, que se tratará al final del presente el apartado. Las prestaciones farmacéuticas están excluidas del aseguramiento obligatorio siendo, por tanto, con carácter general el coste de los medicamentos con cargo a los propios asegurados.
En Chile la asistencia sanitaria obligatoria puede ser de carácter público o privado. La pública está gestionada por el Fondo Nacional de Salud (FONASA) y la asistencia sanitaria privada está gestionada por Instituciones de Salud Previsionales (ISAPRE).
Los asegurados pueden elegir entre ambas, pudiendo ingresar los trabajadores y pensionistas el porcentaje obligatorio correspondiente (7% de la remuneración) en FONASA o en alguna de las ISAPREs existentes.
Los trabajadores que opten por afiliarse en FONASA serán clasificados de acuerdo con sus ingresos mensuales en tramos, a efectos del copago obligatorio exigido por la asistencia que reciban (atenciones y pruebas médicas, intervenciones quirúrgicas, etc.).
Los tramos vigentes son:
Más información sobre las prestaciones sanitarias ofrecidas por FONASA en: Asegurados FONASA
Las ISAPREs disponen de diferentes planes de salud con diferentes precios, por lo que el asegurado puede aportar cantidades suplementarias mensualmente para mejorar su plan de salud, siendo el copago exigido, por lo general, del 20% o superior a este porcentaje, dependiendo del plan que se contrate. Más información.
Los asegurados de los tramos B, C o D pueden optar por recibir las prestaciones médicas en clínicas y hospitales privados en Convenio con FONASA. Más información: Libre Elección.
El Plan de Acceso Universal a Garantías Explicitas en Salud, AUGE, también conocido como el Régimen General de Garantías Explícitas en Salud (GES), es un Programa Integral de Salud, que prioriza un grupo de patologías que beneficia a todos los asegurados de FONASA e Isapres, garantizándoles por Ley, acceso a tratamientos oportunos, de calidad y con protección financiera, en las 80 enfermedades incluidas y con derechos exigibles, independiente si es afiliado del sistema público o privado de salud.
Más información: Plan AUGE
La cobertura sanitaria para los extranjeros es de urgencias en establecimientos públicos. Más información: Salud del Inmigrante y teléfono 600 360 7777 del Ministerio de Salud de Chile.
Es el reposo con fines terapéuticos, que se prescribe como parte del tratamiento de alguna enfermedad. Si usted es un trabajador activo dependiente o independiente y se enferma, tiene derecho a ausentarse de su trabajo, de manera parcial o total, si así lo ha indicado un médico cirujano, un cirujano dentista o una matrona (ésta última sólo para permisos o licencias pre y post natales).
Más información: Licencias Médicas - Subsidio IT.
La Licencia Médica se certifica a través de un formulario que constituye un justificativo para ausentarse del trabajo de manera total o parcial según indique el profesional que la extiende.
Es un subsidio especial cuya finalidad es que usted mantenga sus ingresos por aquellos días que no los va a generar por encontrarse con reposo terapéutico por la prescripción de una Licencia Médica.
Para gozar de este subsidio, debe cumplir ciertos requisitos y con la correcta tramitación de la licencia médica. Más información: Licencias Médicas - Subsidio IT.