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- Condiciones de trabajo en las universidades escandinavas.
Si estás pensando en trabajar o hacer un doctorado en una universidad escandinava, debes saber lo siguiente: salvo que vayas becado por alguna institución ajena a la universidad de destino, serás contratadopor esta última, incluso si eres un doctorando.
De esta manera, durante tu estancia eres un empleado de la universidad, cuyas funciones serán las estipuladas en el contrato (enseñanza, investigación, otras…), por el tiempo acordado entre ambas partes y con el salario pactado. Por tanto, durante ese tiempo se está generando derecho a una pensión de jubilación para el futuro, se pagan impuestos, se tiene derecho a asistencia sanitaria y a prestaciones sociales, de la misma manera que los trabajadores del país (con algunas excepciones).
En Dinamarca, los trabajadores de cualquier sector únicamente ven rebajada su nómina por los distintos impuestos aplicables a la misma. Es decir, no hay una cuota a la Seguridad Social como en España, pues todos los conceptos son cubiertos vía impuestos, salvo la prestación por desempleo (contratarla o no es decisión del trabajador, quien la paga aparte).
La asistencia sanitaria es un derecho que se obtiene por ser residente, igual que la pensión básica. No obstante, es común negociar con el empleador una aportación empresarial a un plan de pensiones que complemente la pensión básica, insuficiente para vivir.
Dicho esto, como empleado de una universidad danesa:
Respecto a las aportaciones al fondo de pensiones, generalmente equivalen a un 17 % del salario del trabajador. Hay tres regímenes aplicables:
Respecto al régimen fiscal especial para investigadores antes mencionado, es aplicable a los postdoc, ayudantes de profesor, profesores asociados o profesores. Se trata de una tarifa plana del 26 % de los ingresos, más el pago del impuesto laboral (que pagan todos los trabajadores en Dinamarca), que supone otro 8 % adicional, durante un máximo de 60 meses (5 años). Además, es requisito no haber sido contribuyente en Dinamarca los diez años anteriores al contrato con la universidad. Desde la universidad se encargan de remitir la documentación a SKAT (Hacienda) para su aplicación.
Más información sobre cuestiones de Seguridad Social en la universidad de Copenhague (y otras cuestiones sobre el régimen aplicable al personal contratado por esta).
Preguntas generales sobre el funcionamiento de las relaciones laborales y de la Seguridad Social en Dinamarca.
En las universidades suecas, bien se está en condición de becado (la estadía es financiada por una entidad pública o privada, o por el propio interesado), o contratado por la universidad de destino. Como empleado en la universidad, en términos generales resulta aplicable lo comentado en el apartado de Dinamarca, con alguna particularidad:
Más información:
Preguntas generales sobre el funcionamiento de las relaciones laborales y de la Seguridad Social en Suecia.
Noruega es otro de los países en los que incluso los doctorandos son considerados empleados de la universidad y no estudiantes.
A diferencia de Dinamarca y Suecia, en Noruega sí existe un organismo equivalente a la Seguridad Social: la NAV. Al ser contratado por la universidad noruega, durante la duración del contrato, se está de alta en la NAV y ese periodo cuenta como tiempo cotizado a efectos de prestación por desempleo, pensión de jubilación y otros servicios sociales.
Más información sobre las condiciones laborales en la universidad de Oslo.
Preguntas generales sobre el funcionamiento de las relaciones laborales y de la Seguridad Social en Noruega.
Copenhague, 12 de junio de 2015