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Trabajar por cuenta propia en Ecuador

1.- Según los supuestos, los trabajadores extranjeros que quieran desempeñar una actividad por cuenta propia en Ecuador, deben obtener la Visa que corresponda (Visa 9:III Inversionista – Negocio de propiedad individual, Visa 9:IV Apoderado General, Visa 9-V Profesional, etc.).

Para ello, deberá dirigirse al Consulado de Ecuador en España, más próximo a su domicilio.

Para mayor información sobre Visas y tramitación, se puede acceder a: http://www.mmrree.gob.ec/servicios/visas.asp

2.- Es obligatoria la afiliación al Seguro General del IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social), de:

  • Los trabajadores autónomos
  • Los profesionales en libre ejercicio
  • Los administradores o patronos de un negocio
  • Los dueños de empresas unipersonales

Para requisitos y forma de practicar la afiliación, consultar la página del IESS www.iess.gob.ec

3.- Obtención del Registro Único de Contribuyentes (RUC) en el Servicio de Rentas Internas (SRI). Se puede consultar la página: http://www.sri.gob.ec/web/guest/home

4.- Obtención del permiso de funcionamiento emitido por el Municipio del domicilio.

5.- Obtención del permiso del Cuerpo de Bomberos

6.- Si la actividad profesional a desarrollar exige estar en posesión de una titulación académica, dicho título debe ser homologado en Ecuador. Para los trámites a seguir para la homologación de títulos extranjeros en Ecuador, pueden consultarse las siguientes páginas: www.senescyt.gob.ec o www.educacionsuperior.gob.ec

No es obligatoria la inscripción de los profesionales en el Colegio Oficial correspondiente, pero si aconsejable.