Rastro de migas
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- El desplazamiento de trabajadores a Austria
La Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 1996 sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios se aplica en la medida en que las empresas, en el marco de una prestación de servicio transnacionales, desplacen a un trabajador al territorio de un Estado miembro, siempre que exista una relación laboral entre la empresa de procedencia y el trabajador durante el período de desplazamiento.
Se entiende por trabajador desplazado todo trabajador que, durante un período de tiempo limitado, realiza su trabajo en el territorio de un Estado miembro distinto de aquel en el que ejerce normalmente su actividad.
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Los empresarios que deseen desplazar a Austria a sus trabajadores para prestar un servicio deben tener en cuentos varios aspectos. En cumplimiento de la normativa de la UE, Austria ha creado un portal desde el cual se puede acceder a toda la información necesaria y se pueden realizar todos los trámites por vía electrónica.
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