Fuentes y notas explicativas



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Hoja de Cálculo

FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS

CCT. CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO

1. Materia objeto de investigación estadística.

Se refiere a los convenios colectivos de trabajo, adhesiones a otros convenios, arbitrajes voluntarios, extensiones de convenios y otros acuerdos registrados con eficacia general de convenio. También se incluyen los convenios de eficacia limitada o extraestatutarios de los que se tiene conocimiento y se dispone de sus datos; la inclusión de estos se justifica porque, si bien no tienen reconocida eficacia general de convenio, la entidad y repercusión económica de algunos de estos pactos así lo aconseja. 2.Principales disposiciones legales.

Las principales disposiciones legales vigentes durante el periodo de referencia de los datos son: Real Decreto 1040/1981 de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; Orden Ministerial de 24 de febrero de 1992, por la que se establecen nuevos modelos de Hojas Estadísticas de Convenios Colectivos de Trabajo; Orden Ministerial de 10 de octubre de 1996, por la que se amplía el contenido de las hojas estadísticas de Convenios Colectivos de trabajo; Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; Ley 63/1997, de 26 de diciembre, en la que se recoge el Acuerdo Interconfederal para la Estabilidad en el Empleo.

3. Fuentes de información.

La fuente de información básica es la hoja estadística, que debe ser cumplimentada por las Comisiones Negociadoras, una vez firmados los convenios, y que se adjunta como parte de la documentación al hacer la inscripción de los mismos en el Registro de Convenios Colectivos de la autoridad laboral competente. La autoridad laboral de las Comunidades Autónomas remiten las hojas estadísticas a la Dirección General de Trabajo que, en unión de las directamente recibidas, las remite a su vez a la Subdirección General de Estadísticas Sociales y Laborales del Departamento, a efectos de elaboración de la estadística.

4. Notas generales.

La información referida a las diferentes figuras relacionadas como materia objeto de investigación no se ofrece de forma separada para cada una de ellas, sino que se recoge conjuntamente bajo la rúbrica "convenios", debido al gran peso cuantitativo de los convenios colectivos de trabajo y a la escasa relevancia de las restantes figuras.

Los datos contenidos en las tablas se agrupan atendiendo al año de inicio de efectos económicos de todos los convenios cuya hoja estadística se recibió antes del 31 de mayo de 2002. La información de 2001 no se puede considerar todavía definitiva, ya que se siguen registrando convenios que inician sus efectos económicos en dicho año, de los que, a la fecha de cierre de esta publicación, aún no se ha recibido la hoja estadística; los datos definitivos corrigen al alza los provisionales en cuanto a número de convenios, empresas y trabajadores afectados y, posiblemente, a la baja la jornada media pactada, sin embargo, no suelen afectar al incremento salarial. Debido a estas circunstancias, los datos de cada año no se consideran definitivos hasta transcurrido aproximadamente año y medio desde su finalización.

La información se refiere a distintos ámbitos: funcional, para diferenciar los convenios de empresa de los convenios de otro ámbito superior a la misma; sectorial, siguiendo la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 1993 (CNAE-93); territorial, atendiendo al ámbito geográfico de la aplicación de los convenios.

Se consideran convenios de empresa, tanto los que tienen estrictamente este ámbito como los de ámbito inferior: de centro de trabajo, de grupo profesional, etc. Por ello, los datos referentes a empresas sobrevaloran ligeramente el número de empresas afectadas al contabilizarse una misma empresa más de una vez si está afectada por más de un convenio de ámbito inferior.

En cuanto al ámbito territorial de aplicación de un convenio, se considera que es provincial cuando afecta exclusivamente a una única provincia, autonómico cuando afecta a varias o a todas las provincias de una misma comunidad autónoma, interautonómico cuando afecta a varias provincias de distintas comunidades autónomas y nacional cuando, siendo convenio de sector, afecta a todo el territorio nacional.

Los datos referentes a incrementos salariales se presentan diferenciando los pactados de los revisados, estos últimos son el resultado de incorporar las revisiones salariales por "cláusula de salvaguarda" al aumento salarial pactado en origen.

5. Notas a distintos cuadros.

CCT-1. Los convenios revisados son aquellos que se firmaron en años anteriores con vigencia superior al año y que son de aplicación durante el período de efectos económicos al que se refiere la estadística. Los convenios firmados son los que se han negociado y firmado para el período de efectos económicos de referencia de la estadística, siendo éste el primer o único año de vigencia.

CCT-1, CCT-3, CCT-4 y CCT-5. El hecho de que en algunas de las desagregaciones que se ofrecen en estos cuadros la jornada media pactada en 2001 resulte algo superior a la de 2000, suele deberse a que los convenios incorporados a la estadística en ambos años no son los mismos y, por consiguiente, los colectivos de trabajadores afectados difieren. Las causas por las que se produce esta situación son varias, relacionándose a continuación las que tienen mayor incidencia: a) no renovación de algunos convenios por falta de acuerdo; b) no incorporación a la estadística de algunos convenios por no presentación de la hoja estadística al registrarlos; c) negociación de nuevos convenios; d) incorporación a la estadística de convenios que no habían sido registrados anteriormente; e) no incorporación a la estadística de 2001 de convenios, con efectos económicos en dicho año, en fase de negociación en la fecha de cierre de esta publicación.

CCT-6. Los tramos de jornada pactada se eligen aplicando los siguientes criterios: las 1.826 horas anuales se corresponden con una jornada de 40 horas semanales y 30 días de vacaciones anuales (máximo y mínimo, respectivamente, establecido legalmente), una vez deducidos los días no laborables; el tramo inmediatamente inferior a dicha cantidad se obtiene reduciendo media hora la jornada semanal y los demás tramos inferiores aplicando sucesivamente reducciones de una hora.

CCT-7 a CCT-10. Las cláusulas que figuran en estos cuadros no constituyen el total de las incluidas en los convenios sino únicamente las que se recogen en la hoja estadística. La existencia de una determinada cláusula no excluye la existencia de otra u otras, por lo que las cifras consignadas en valores absolutos expresan el número de convenios en que fue suscrita cada cláusula y los trabajadores afectados por los mismos, mientras que las columnas de porcentajes recogen el número de trabajadores afectados por los convenios en que existe cada cláusula respecto al total de trabajadores afectados por los convenios pertenecientes a cada ámbito funcional considerado.

CCT-11. Los convenios "con revisión efectiva" son aquellos en los que, estando pactada la cláusula de garantía salarial, se han dado las circunstancias para que opere la revisión del incremento salarial pactado; la operatividad de la cláusula suele fijarse en función del comportamiento del Indice de Precios de Consumo (IPC) y en el sentido de incrementar el salario pactado en origen cuando el valor del IPC real supera al del previsto, o no modificarlo aun en el caso de que sea inferior, pero también se incluyen cláusulas en las que los incrementos salariales pactados inicialmente pueden ser revisados a la baja. Los convenios "sin revisión efectiva" son aquellos en los que, teniendo cláusula de garantía salarial pactada, no procede la revisión del incremento salarial pactado por no producirse las circunstancias establecidas para su aplicación.

CCT-12. En los datos de este cuadro existe solapamiento, ya que pueden intervenir varias organizaciones sindicales y otros representantes de los trabajadores en la negociación de cada uno de los convenios. Solo se proporciona información desagregada referida a las organizaciones sindicales con representación institucional.

CCT-14. Los tramos de número de trabajadores que figuran en este cuadro están referidos al número medio de trabajadores afectados por los convenios de empresa y no al tamaño de las empresas, pero, en términos generales, y dado que el número de empresas afectadas por varios convenios no es muy significativo, se puede identificar el tamaño del convenio con el de la empresa.

 

 

 

 

 

 





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