ILC-03.

Tipos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social (1)


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Hoja de Cálculo

  Porcentajes
2000   2001   2002
APLICABLES A LAS BASES POR CONTINGENCIAS COMUNES 28,30   28,30   28,30  
Empresa 23,60   23,60   23,60  
Trabajador 4,70   4,70   4,70  
APLICABLES A LAS BASES POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES            
Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (2)            
Desempleo 7,55 (3) 7,55 (3) 7,55 (3)
Empresa 6,00 (3) 6,00 (3) 6,00 (3)
Trabajador 1,55   1,55   1,55  
Formación profesional 0,70   0,70   0,70  
Empresa 0,60   0,60   0,60  
Trabajador 0,10   0,10   0,10  
Fondo de Garantía Salarial 0,40   0,40   0,40  
Empresa 0,40   0,40   0,40  
Trabajador -   -   -  
APLICABLES A LAS REMUNERACIONES POR HORAS EXTRAORDINARIAS            
Horas extraordinarias 28,30   28,30   28,30  
Empresa 23,60   23,60   23,60  
Trabajador 4,70   4,70   4,70  
Horas extraordinarias por fuerza mayor 14,00   14,00   14,00  
Empresa 12,00   12,00   12,00  
Trabajador 2,00   2,00   2,00  
(1) Véase nota a este cuadro en FUENTES Y NOTAS EXPLICATIVAS.
(2) Cotización según tarifa de primas.
(3) Este tipo de cotización es aplicable a los contratos indefinidos (incluidos los de tiempo parcial y fijos discontinuos) y a los contratos de duración determinada en las modalidades de: formativo de trabajo en prácticas, relevo e interinidad (excepto los bonificados conforme al R.D.L.11/98,según redacción de la Ley 39/1999 en lo que se refiere a la cuota empresarial), así como cualquier modalidad de contratación de trabajadores que tengan reconocida una disminución de su capacidad no inferior al 33 por 100. Para las restantes modalidades de contratación, los tipos de cotización por desempleo son los siguientes: a) Contratos de duración determinada a tiempo completo: 8,3 por 100, el 6,7 por 100 a cargo de la empresa y el 1,6 por 100 a cargo del trabajador. b) Contratos de duración determinada a tiempo parcial, y contratación de duración determinada por empresas de trabajo temporal, para poner a disposición de las empresas usuarias a los trabajadores contratados: 9,3 por 100, el 7,7 por 100 a cargo de la em




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