| Fuentes y notas explicativas |
FPO. FORMACION PROFESIONAL OCUPACIONAL.
1. Materia objeto de investigación estadística.
La información que se ofrece se refiere a los cursos de Formación Profesional Ocupacional integrados en el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (Plan FIP) y a los alumnos que participaron en los cursos, así como a los alumnos que realizaron cursos en Escuelas-Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.
2. Principales disposiciones legales.
Las principales disposiciones legales vigentes durante el período de referencia de los datos son las siguientes:
Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan FIP; las Ordenes Ministeriales de Trabajo y Seguridad Social, de 13 de abril de 1994 y del 20 de septiembre de 1995, por las que se dictan normas de desarrollo del Real Decreto 631/1993; el Real Decreto 1593/1994, de 15 de julio, por el que se da nueva redacción a determinadas disposiciones en materia de Escuelas-Taller y Casas de Oficios, Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 3 de agosto de 1994, por la que se regulan los programas de Escuelas-Taller y Casas de Oficios, y Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, y Ordenes Ministeriales de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de julio y 6 de octubre de 1998, por los que se regulan determinados aspectos formativos del contrato para la formación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas para los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios.
Respecto a los Talleres de Empleo, su normativa básica la constituyen el Real Decreto 282/1999, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 22 de febrero de 1999, la Orden de 9 de marzo de 1999, y la Resolución de 31 de marzo de 1999, de desarrollo de la normativa anteriormente citada.
3. Fuentes de información.
Los datos referidos a los cursos del Plan FIP gestionados por las Comunidades Autónomas con funciones transferidas en esta materia proceden de la información individualizada que cada comunidad autónoma transmitió a una base de datos, residente en el INEM, creada, fundamentalmente, para gestionar la justificación de las ayudas para formación procedentes del Fondo Social Europeo y para la obtención de la estadística.
Los datos referentes a los cursos del Plan FIP gestionados por el INEM son obtenidos por este Organismo mediante la explotación de la Base de Datos de Formación Ocupacional constituida para gestionar esta materia, cuya información de base procede de la Ficha de Curso de Formación Ocupacional, que es cumplimentada por el docente del curso y que contiene información individualizada referida al curso y a los alumnos que participaron en el mismo. Esta información es transmitida directamente a la citada Base de Datos desde las Direcciones Provinciales del INEM.
Los datos referidos a alumnos formados en Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo proceden del INEM, de la Unidad de Coordinación de Escuelas Taller y Programas Especiales.
4. Notas generales.
Los cursos de Formación Profesional Ocupacional integrados en el Plan FIP son impartidos por el Instituto Nacional de Empleo (INEM), directamente o a través de sus Centros Colaboradores, por otros centros homologados y por las Comunidades Autónomas que tienen funciones transferidas en esta materia, que son, a 31 de diciembre del año 2002, todas, con excepción del País Vasco, Ceuta y Melilla. Estos cursos, eminentemente prácticos, tienen como principal finalidad la formación de los trabajadores para su adaptación a una profesión o actividad laboral determinada, no estando sujetos a los horarios y fechas de los calendarios escolares, ya que son independientes de la formación profesional reglada gestionada por el Ministerio de Educación y Cultura.
Las Escuelas-Taller y las Casas de Oficios son programas públicos de empleo-formación que tienen como finalidad la inserción laboral de jóvenes desempleados menores de veinticinco años a través de su formación, en alternancia con la práctica profesional, en ocupaciones relacionadas con la recuperación o promoción del patrimonio artístico, histórico, cultural o natural, así como con la rehabilitación de entornos urbanos, la recuperación del medio ambiente o la mejora de las condiciones de vida de las ciudades.
Los Talleres de Empleo constituyen una novedad en materia de formación profesional ocupacional. Se trata de programas mixtos, que combinan acciones de formación y empleo, y que van dirigidos a desempleados de 25 o más años con especiales dificultades de inserción laboral (parados de larga duración, trabajadores mayores de 45 años, mujeres, personas discapacitadas), en áreas de empleo de interés general o social. Los referidos trabajadores participan en la realización de obras o servicios de utilidad pública, recibiendo una formación relacionada con su actividad, dirigida a su cualificación profesional y favorecedora de su inserción en el mercado de trabajo. La duración de los proyectos de Talleres de Empleo viene determinada en la correspondiente resolución aprobatoria, y ha de estar comprendida entre un mínimo de seis meses y un máximo de un año.
Su vigencia efectiva comenzó durante el mes de junio de 1999, razón por la cual en dicho año no hubo alumnos formados, y los primeros datos disponibles de alumnos formados se refieren al año 2000.
La información relativa a los "cursos" del Plan FIP se refiere a los cursos terminados en el período de referencia. Los "alumnos participantes" se corresponden con los que han completado su formación en cursos terminados en el período de referencia, y los "alumnos formados" son los que han completado su formación y han sido evaluados positivamente.
Las especialidades profesionales objeto de los cursos se clasifican en grupos afines bajo la denominación de familias profesionales.
5. Notas a distintos cuadros.
-FPO-1 a FPO-13. Los datos del año 2002, referidos tanto a cursos terminados como a alumnos participantes y formados, son datos provisionales. La información correspondiente a las comunidades autónomas de Andalucía, Canarias, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana y Galicia se ha obtenido mediante una extracción de datos realizada por el Instituto Nacional de Empleo (INEM) el día 21 de junio de 2003, sin que las citadas comunidades autónomas hubieran remitido aún la totalidad de su información.
-FPO-2 y FPO-7. La clasificación según el nivel del curso, es la siguiente:
- Amplia base. Son cursos orientados preferentemente a jóvenes para proporcionales conocimientos y destrezas previas de profesiones que faciliten su inserción en el mercado de trabajo, pero sin una cualificación concreta para una ocupación.
- Ocupación. Son cursos orientados a personas sin cualificación, para proporcionarles conocimientos y destrezas suficientes para el desempeño de una ocupación.
- Especialización. Se trata de cursos orientados a trabajadores cualificados que, bien por haber perdido su puesto de trabajo o bien porque se prevea su desaparición, necesitan formarse en una nueva profesión, ocupación u oficio.
- Adaptación ocupación. Estos cursos se orientan a la actualización y mejora de conocimientos profesionales de trabajadores cualificados, posibilitando su promoción a niveles superiores.
- Certificado de profesionalidad. Son cursos correspondientes a ocupaciones para los que se han establecido certificados de profesionalidad mediante Real Decreto.
-FPO-12. El epígrafe "Otros" incluye el personal al servicio de las Fuerzas Armadas, personal en situación de privación de libertad, colectivos procedentes de programaciones anteriores y otros colectivos no contemplados cuyas circunstancias así lo requieran. En los datos correspondientes al año 2002, se han incluido también bajo este epígrafe los alumnos formados de los cuales no existe constancia de su situación laboral ("situación laboral sin especificar"), cuya cantidad asciende a 53.105.
-FPO-13. Los colectivos a los que se dirige la acción formativa son los siguientes:
- Parados menores de 25 años. Parados de corta y larga duración y mujeres en especialidades en las que están infrarepresentadas y cuyas cualificaciones profesionales resulten en la práctica insuficientes o inadecuadas.
- Parados de 25 y más años. Parados de corta y larga duración y mujeres, tanto de corta como de larga duración, con 5 años de inactividad laboral, en profesiones en que están infrarepresentadas y con responsabilidades familiares.
- Otros colectivos. En esta rúbrica se incluyen los minusválidos, los migrantes, el personal al servicio de las Fuerzas Armadas, las personas en situación de privación de libertad y otros colectivos no contemplados cuyas circunstancias así lo requieran.
- Formadores. En esta rúbrica se recogen los beneficiarios de acciones de formación o actualización técnico-pedagógica dirigidas a los profesores que participan en el Plan FIP o a los profesionales que se puedan incorporar en el futuro.
-FPO-14 y FPO-17. La denominación de las familias profesionales en Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo se ha modificado en el año 2002, con la finalidad de adecuarlas y unificarlas a las denominaciones de los cursos del Plan FIP:
- Se incorporan diez familias nuevas.
- Mantienen su denominación anterior otras diez familias.
- Seis familias cambian su denominación anterior por una denominación nueva:
- "Edificación y obras públicas" sustituye a "Construcción".
- "Industrias gráficas" sustituye a "Artes gráficas".
- "Industria pesada y construcciones metálicas" sustituye a "Construcciones metálicas.
- "Montaje e instalación" sustituye a "Electricidad".
- "Producción, transformación y distribución" sustituye a "Distribución de eergía y agua".
- "Servicios a la comunidad y personales" sustituye a "Servicios a la comunidad".
- Una familia nueva "Agraria" integra las familias anteriores "Agraria" y "Ornamentales y jardines".
- Dos familias nuevas "Servicios a las empresas" e "Información y manifestaciones artísticas" se corresponden con una sola familia anterior "Comunicación".
Los datos de los años 1999, 2000 y 2001 correspondientes al epígrafe "Comunicación" se han hecho corresponder exclusivamente con el epígrafe "Servicios a las empresas"; asimismo, los datos de los referidos años correspondientes al epígrafe "Jardinería" se han incluido en el epígrafe "Agraria".