| INFORME DE LOS RESULTADOS |
INTRODUCCIÓN
Durante el año 2000 las unidades administrativas encargadas de la mediación, arbitraje y conciliación de cada una de las Comunidades Autónomas con funciones transferidas en la materia y la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales resolvieron un total de 442.225 asuntos, cifra que supera en un 7 por ciento a la del año anterior, y casi en un 10 por ciento a la de 1998, año en que se rompió la tendencia decreciente que se venía produciendo desde 1994 (vÚase cuadro I).
Este crecimiento que afecta al montante global de asuntos se debe en su totalidad al aumento de los apartados incluidos dentro de las conciliaciones individuales, sobre todo de los despidos y de las reclamaciones de cantidad, que representan el 55 y el 35 por ciento, respectivamente, del total de conciliaciones individuales resueltas, y que aumentan el 8 y el 6 por ciento cada uno de ellos respecto a 1999; los otros dos grandes apartados, conciliaciones colectivas y mediaciones, cuya importancia relativa es muy pequeña, disminuyen respecto al año anterior.
El número de trabajadores afectados por el total de asuntos resueltos ha crecido un 10 por ciento respecto a 1999, debiÚndose este hecho, sobre todo, al incremento de los trabajadores afectados en las conciliaciones colectivas que han experimentado un incremento del 10 por ciento, y que suponen el 80 por ciento del total de trabajadores. El número de trabajadores afectados por las mediaciones tambiÚn aumentó notablemente, un 32 por ciento respecto al año precedente, pero su peso relativo sobre el total es de solo el 2 por ciento.
I. CONCILIACIONES INDIVIDUALES, COLECTIVAS Y MEDIACIONES
I.1. CONCILIACIONES INDIVIDUALES
El número total de conciliaciones individuales resueltas en 2000 fue de 441.061, lo que supone un aumento del 7 por ciento respecto al año anterior.
La evolución del total de las conciliaciones individuales, que desde 1994 hasta 1998 fue decreciente, cambió su tendencia en 1999, como puede apreciarse en el gráfico I, pero mientras que en ese año fueron solamente los "despidos" los que hicieron aumentar las conciliaciones individuales, ya que el resto de motivaciones decrecieron respecto a 1998, en 2000 han crecido todas ellas, los "despidos" un 8 por ciento, "causas varias" un 7 por ciento, las "reclamaciones de cantidad" un 6 por ciento y las "sanciones" casi un 4 por ciento.
Conciliaciones individuales según motivación y tipo de resolución
Como viene siendo habitual, las conciliaciones individuales motivadas por "despidos" fueron las más numerosas, representando el 55 por ciento del total, las "reclamaciones de cantidad" con un 35 por ciento ocupan el segundo puesto en orden de importancia numÚrica; el peso relativo de las que tuvieron su origen en "sanciones", y las que lo tuvieron en "causas varias", tales como reclamaciones por accidente de trabajo, reclasificaciones, antigüedad, etc., es mucho menor, siendo del 2 y del 8 por ciento, respectivamente, del total de conciliaciones individuales, manteniÚndose la distribución prácticamente igual a la de 1999, (vÚase gráfico II). Cabe destacar el aumento producido desde 1994 del peso de los "despidos" en el total de conciliaciones individuales, representando el 40 por ciento en dicho año frente al 55 por ciento, ya mencionado, en 2000; por el contrario, las "reclamaciones de cantidad" van disminuyendo su participación, pasando del 51 por ciento en 1994 al 35 por ciento en 2000.
La distribución según tipo de resolución no varia sustancialmente respecto a la registrada en 1999, ya que únicamente las resueltas "con avenencia" aumentan su participación en un punto porcentual.
Como se aprecia en el gráfico III, la forma de resolución de los dos principales tipos de conciliaciones individuales, "despidos" y "reclamaciones de cantidad", es muy diferente; mientras que en el caso de los "despidos", los resueltos "con avenencia" representan el 74 por ciento, este mismo tipo de resolución en el caso de las "reclamaciones de cantidad" supone solo el 10 por ciento. La suma de los resueltos "sin avenencia" e "intentados sin efecto", fue del 22 por ciento en el caso de los "despidos" y del 82 por ciento en las "reclamaciones de cantidad".
Teniendo en cuenta el tipo de resolución para el total de conciliaciones individuales, en las resueltas "con avenencia", 199.436, los "despidos" suponen el 90 por ciento, y solamente un 8 por ciento corresponde a "reclamaciones de cantidad"; por el contrario, del total de las resueltas "sin avenencia" y las "intentadas sin efecto", 217.547, los "despidos" suponen un 24 por ciento y las "reclamaciones de cantidad" casi un 59 por ciento.
Es importante tener en cuenta que las demandas objeto de las conciliaciones que se resolvieron "sin avenencia" y de las que se "intentaron sin efecto", en total 217.547, el 49 por ciento del total de conciliaciones individuales, constituyen el principal conjunto de procedencia de las que posteriormente se presentan en los Juzgados de lo Social.
Las cantidades acordadas en las conciliaciones individuales resueltas "con avenencia" vienen determinadas, fundamentalmente, por el importe pagado por los empresarios a los trabajadores en los casos de "despido con avenencia", que ascendió a 390.617 millones de pesetas y representa más del 97 por ciento del total de las cantidades acordadas; por "reclamaciones de cantidad con avenencia" solo se pagaron 8.262 millones de pesetas, el 2 por ciento del total.
Desde 1998 han aumentado, aunque en proporciones diferentes, el número de "despidos con avenencia" y las cantidades acordadas por dichos despidos; los primeros han crecido de forma considerable desde dicho año, un 31 por ciento, casi el doble de lo que han aumentado las segundas, que lo han hecho en un 17 por ciento; como resultado, la cuantía media percibida por trabajador se ha reducido en estos años en 273.713 pesetas, un 11 por ciento, siendo en el año 2000 de 2.166.541 pesetas/trabajador, que resulta ser la cuantía media más baja desde 1994 (vÚase cuadro II).
Conciliaciones individuales según sector de actividad
La distribución porcentual de las conciliaciones individuales por
sectores económicos se mantiene prácticamente igual a la de años anteriores; la mayor
parte de las conciliaciones individuales correspondió al sector servicios, con un 56 por
ciento, seguido por la industria, con un 30 por ciento; a los otros dos sectores, les
correspondieron valores notablemente inferiores, siendo en la construcción y en el sector
agrario del 12 y 2 por ciento, respectivamente, (vÚase gráfico IV). Comparando estas
cifras con los porcentajes de población asalariada según sector de actividad, estimada
según los datos proporcionados por la Encuesta de Población Activa, se observa que la
mayor incidencia de las conciliaciones individuales se produce en el sector de la
industria, puesto que la población asalariada en este sector representa solo el 22 por
ciento del total, mientras que las conciliaciones individuales en este sector representan
casi el 30 por ciento del total de dichas conciliaciones; en el sector servicios, con un
63 por ciento de los asalariados, y un 56 por ciento de conciliaciones individuales la
incidencia es menor. En los otros dos sectores los porcentajes de población asalariada y
conciliaciones individuales sobre sus respectivos totales son muy parecidos.
GRÁFICO IV
CONCILIACIONES INDIVIDUALES SEGÚN SECTOR DE ACTIVIDAD
Otro año más, corresponde al sector servicios cerca del 61 por ciento de las conciliaciones motivadas por "despido", con 147.707 trabajadores afectados, siendo las actividades de "comercio al por menor y reparaciones domÚsticas", "otras actividades empresariales" y "hostelería" las más afectadas, suponiendo el conjunto de las tres actividades, el 59 por ciento del total de conciliaciones por "despido" en este sector, y casi el 36 por ciento del total de las conciliaciones individuales motivadas por "despido". En el sector de la industria resultaron afectados por "despido" 66.133 trabajadores, lo que supuso un 27 por ciento del total, siendo las actividades de "industria de alimentos, bebidas y tabaco", "metalurgia" e "industria textil y de la confección" las más afectadas, sumando en conjunto el 40 por ciento del total de las conciliaciones por "despido" del sector. Los sectores de la construcción y el agrario representaron el 9 y el 3 por ciento, respectivamente, del total de "despidos" (vÚase gráfico V).
GRÁFICO V
DESPIDOS Y RECLAMACIONES DE CANTIDAD SEGÚN SECTOR DE
ACTIVIDAD
En cuanto a las conciliaciones individuales motivadas por
"reclamaciones de cantidad", es tambiÚn el sector servicios el más afectado,
con 74.475 trabajadores, correspondiÚndole casi el 48 por ciento del total de este tipo
de conciliaciones; las ramas de actividad más afectadas en este sector son las tres ya
citadas con referencia a los despidos, y suponen en conjunto el 49 por ciento de las
"reclamaciones de cantidad" en el sector. A continuación de sitúa el sector de
la industria, con 51.291 trabajadores, el 33 por ciento, siendo las ramas de actividad
más afectadas, citadas por orden decreciente de importancia, "metalurgia",
"industria de alimentos, bebidas y tabaco" e "industria textil y de la
confección", que en conjunto representan el 41 por ciento de las "reclamaciones
de cantidad" del sector. A la construcción, con 27.362 trabajadores que solicitaron
demanda de conciliación motivada por "reclamaciones de cantidad", le
corresponde casi el 18 por ciento de dichas conciliaciones y, al sector agrario, con 2.480
trabajadores afectados, el 2 por ciento restante.
Desde el punto de vista de la distribución porcentual de las conciliaciones en cada uno de los sectores según las principales motivaciones, en tres de los cuatro sectores, agrario, servicios e industria, los porcentajes de "despido", 69, 59 y 51 por ciento, respectivamente, superan, sobre todo en los dos primeros casos, a los de las "reclamaciones de cantidad"; mientras que en el sector de la construcción las "reclamaciones de cantidad" superan en 11 puntos a los "despidos" (vÚase cuadro III).
La relación entre las conciliaciones individuales y la población asalariada, estimada esta última como ya se ha dicho anteriormente según los datos proporcionados por la Encuesta de Población Activa, se cifra en 38 conciliaciones por cada mil asalariados, cifra similar a la registrada en 1999. Por sectores de actividad, a la industria le corresponde la incidencia más alta, con 51 conciliaciones individuales por mil asalariados, le sigue la construcción con 41 por mil, servicios con 34 por mil y por último el sector agrario con 26 por mil.
La relación entre el número de conciliaciones individuales acabadas en "despido" y el número de asalariados se cifró en 21 por mil, siendo los valores de dicho indicador muy próximos en los distintos sectores, correspondiendo la máxima incidencia a la industria, con 26 por mil, y la mínima al sector de la construcción, con 17 por mil. En las conciliaciones motivadas por "reclamaciones de cantidad", los valores de los índices entre los diferentes sectores presentan diferencias más acusadas; es la construcción el sector que registra la máxima incidencia, con 22 trabajadores por cada mil asalariados, seguida de la industria, con 20 por mil, situándose ambos sectores por encima de la incidencia media, cifrada en casi 14 por mil; por debajo de la media se sitúan el sector servicios y el agrario, a los que corresponden, respectivamente, 10 y 6 trabajadores afectados por cada mil asalariados (vÚase gráfico VI).
GRÁFICO VI
CONCILIACIONES INDIVIDUALES POR MIL ASALARIADOS SEGÚN MOTIVACIÓN Y SECTOR DE ACTIVIDAD
Conciliaciones individuales por comunidad autónoma
Del total de conciliaciones individuales terminadas en España durante 2000, el 62 por ciento se produce en Cataluña, Madrid, Andalucía y la Comunidad Valenciana; las dos comunidades autónomas que más aportan a esta cifra son Cataluña, con 90.971, el 21 por ciento del total de conciliaciones, dos puntos más que en 1999, y Madrid con 83.629 conciliaciones, que representa el 19 por ciento del total; notablemente más alejadas están Andalucía y la Comunidad Valenciana, con 54.208 conciliaciones, el 12 por ciento, y 46.815 conciliaciones, el 11 por ciento, respectivamente. Las comunidades autónomas con menor número de conciliaciones individuales son Navarra y La Rioja, con 3.549 y 2.661, respectivamente, que no llegan a representar cada una de ellas ni el 1 por ciento del total (vÚase gráfico VII).
Respecto a la distribución porcentual del total de las conciliaciones individuales según motivación, Cataluña, Madrid, Andalucía y la Comunidad Valenciana, en conjunto, registran el 65 por ciento del total nacional de "despidos", y el 59 por ciento del total de las "reclamaciones de cantidad". El porcentaje que representan los "despidos" sobre el total de conciliaciones individuales en cada una de las cuatro comunidades anteriormente citadas se sitúa entre el 56 y el 60 por ciento, superior en todos los casos al peso de los "despidos" a nivel nacional sobre el total de conciliaciones individuales, cifrado en el 55 por ciento; la comunidad autónoma con mayor número de "despidos" sobre el total de conciliaciones individuales en su territorio es Extremadura, con el 68 por ciento, y la que menor porcentaje tiene es Aragón con 23 "despidos" por cada 100 conciliaciones, en este último caso, debido en buena parte a que el Servicio AragonÚs de Mediación y Arbitraje, órgano no administrativo que se encarga de la resolución de conflictos laborales en Aragón, y cuyos asuntos resueltos no se recogen en esta estadística, se encarga de la resolución no solo de conflictos colectivos, sino tambiÚn de los individuales, incluidos "despidos"; esta competencia, que en un principio no existía puesto que dichos órganos resolvían solo conflictos colectivos, parece que se va extendiendo poco a poco por los órganos no administrativos de las comunidades; en el caso de las "reclamaciones de cantidad", dos de las cuatro comunidades más importantes, Cataluña y Andalucía, superan por poco la participación que dichas reclamaciones tienen a nivel nacional sobre el total de conciliaciones individuales, el 35 por ciento, y las otras dos, Comunidad Valenciana y Madrid, se encuentran por debajo.
La incidencia relativa de las conciliaciones individuales en cada una de las comunidades autónomas se recoge en el cuadro IV y en el gráfico VIII. El valor máximo corresponde a Canarias y Madrid, con 47 trabajadores afectados por mil asalariados, y el mínimo a Navarra, con 22 por mil; por encima de la media nacional, cifrada en 38 por mil, se sitúan por orden decreciente de incidencia, además de las ya citadas Canarias y Madrid, Cataluña, Cantabria y País Vasco.
La incidencia relativa de los "despidos" sobre la población asalariada no ha variado respecto a 1999, no solo el valor medio nacional cifrado en 21 despidos por mil asalariados se mantiene igual, además la incidencia en de cada una de las comunidades autónomas continúa prácticamente inalterable respecto a dicho año. Como se aprecia en el cuadro IV, la incidencia de los "despidos" varía desde los 5,5 despidos por mil asalariados de Aragón, cifra muy baja debido en parte al motivo expuesto anteriormente, y los 12 de Navarra, Asturias y Murcia, hasta los 34 por mil, registrados en Canarias.
GRÁFICO VIII
CONCILIACIONES INDIVIDUALES POR MIL ASALARIADOS SEGÚN MOTIVACIÓN,
POR COMUNIDAD AUTÓNOMA
La incidencia media nacional correspondiente a las conciliaciones individuales motivadas por "reclamaciones de cantidad" se mantiene en la misma cifra que el año anterior, muy cercana a las 14 "reclamaciones de cantidad" por cada mil asalariados. Las comunidades con mayor incidencia son Cantabria, Asturias y País Vasco, con cifras que varían entre el 23 por mil de la primera y casi el 20 por mil de la última, las de menor incidencia son Navarra y Extremadura, con alrededor de 7 "reclamaciones de cantidad" por cada mil asalariados.
La distribución del total de conciliaciones individuales, en materia de "despidos" y "reclamaciones de cantidad", según los principales tipos de resolución - "con avenencia", "sin avenencia", e "intentadas sin efecto" -, queda reflejada en el cuadro V. El gran peso específico de las cuatro comunidades autónomas ya citadas reiteradamente, Cataluña, Madrid, Andalucía y la Comunidad Valenciana es el que determina en esta materia la distribución para el total nacional en prácticamente todos los casos, para todas las motivaciones y para cualquier tipo de resolución. Las comunidades que presentan menor porcentaje de asuntos resueltos "con avenencia" tanto en "despidos" como en "reclamaciones de cantidad" son Aragón, con toda probabilidad sesgada por la resolución de asuntos por parte del órgano no administrativo citado anteriormente, y Cantabria; la de mayor porcentaje de asuntos resueltos "con avenencia" en los dos tipos de resolución es Canarias.
Como se aprecia en el cuadro VI, la cuantía media nacional acordada por "despido con avenencia" en 2000 fue de 2.166.541 pesetas por trabajador, moderadamente inferior a la del año anterior, siguiendo la tendencia descendente iniciada en 1997, año en que dicha cuantía llegó a 2.440.252 pesetas; desde dicho año hasta ahora la cantidad ha disminuido en un 11 por ciento. El valor más elevado se registra en Madrid, con 3.499.098 pesetas por trabajador despedido, seguida por Navarra, con 2.841.756, Cataluña, con 2.599.451, y el País Vasco, con 2.413.079, en las dos primeras comunidades citadas la cuantía media ha aumentado respecto a 1999, y en las dos últimas ha disminuido. La cuantía media más baja correspondió a Extremadura, con 779.126 pesetas, hecho que se repite en los últimos años. (VÚase gráfico IX).
I.2 CONCILIACIONES COLECTIVAS
El número de conflictos colectivos resueltos por conciliación durante 2000 fue de 1.070, cifra que continua la tendencia descendente iniciada en 1997, así desde 1996 en que el número de conflictos colectivos resueltos fue de 1804, se ha producido una disminución del 41 por ciento; sin embargo el número de trabajadores afectados aumentó un 10 por ciento respecto a 1999, y un 20 por ciento respecto a 1998, situándose en 1.954.263. No obstante, las cifras citadas deben interpretarse con reservas debido, sobre todo, a dos motivos, el primero de ellos es que las partes promotoras del proceso pueden interponer en distintos momentos del tiempo demandas que afecten a un mismo colectivo y por idÚntico motivo, por ello, un mismo conflicto puede contabilizarse, a efectos estadísticos, más de una vez, sobrevalorando el fenómeno real; por otra parte, desde hace unos años, que varían dependiendo de cada comunidad autónoma, funcionan en dichas comunidades los ya mencionados órganos de carácter no administrativo, formados básicamente por organizaciones empresariales y sindicales, con el objetivo de resolver, de manera extrajudicial, los conflictos colectivos; incluso, en algunas de las comunidades autónomas, esta forma de solución se ha convertido en la única manera de resolver dichos conflictos colectivos. Esa misma misión, pero en el ámbito nacional, la desarrolla el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) que, tutelado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, desarrolla el Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos (ASEC), para la mediación en grandes conflictos colectivos cuando el conflicto afecte a más de una comunidad autónoma y las organizaciones sindicales y patronales se hayan adherido a dicho Acuerdo. Por todo lo citado, el número de conciliaciones colectivas de esta estadística va disminuyendo paulatinamente, puesto que en ella solo se recogen los conflictos resueltos por los órganos administrativos, aunque es de esperar que en un futuro próximo se consigan los datos relativos a los conflictos resueltos en los otros ámbitos.
En 2000, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales resolvió 164 conciliaciones colectivas que afectaban a más de una comunidad autónoma, un 15 por ciento del total, viÚndose involucrados 3.761 empresas y 1.644.296 trabajadores, el 51 y 84 por ciento, respectivamente del total nacional. El número medio de trabajadores afectados por conciliaciones colectivas es totalmente distinto según sea el ámbito de resolución observado; así, mientras que la media en el caso de las conciliaciones colectivas resueltas por las autoridades laborales de las comunidades autónomas es de 342 trabajadores, 32 menos que el pasado año, esta cifra se eleva a 10.026 trabajadores en el caso de las conciliaciones resueltas por la Dirección General de Trabajo del Departamento, 2.625 trabajadores más que en 1999.
Como en años anteriores, cabe destacar la enorme importancia que tienen las conciliaciones colectivas resueltas "sin avenencia" y las "intentadas sin efecto", que representan el 79 por ciento del total, y afectan al 95 por ciento de los trabajadores, un 4 por ciento más que en 1999; las conciliaciones resueltas "con avenencia" fueron el 11 por ciento del total, afectando al 2 por ciento de los trabajadores, disminuyendo un 1 por ciento respecto al pasado año; estos últimos porcentajes se explican por la propia naturaleza de la conciliación, ya que, al estar basada sobre temas puramente interpretativos, impiden la posibilidad de un margen apreciable de negociación, abocando a las partes a la resolución en la vía judicial (vÚase gráfico X).
Del total de conciliaciones colectivas resueltas, observadas desde el punto de vista del sector de actividad en el que se han producido, la mayor parte, el 58 por ciento, se produjo en el sector servicios, en el que las ramas de "transporte terrestre y por tubería", "otras actividades empresariales" e "instituciones financieras y de seguros", representaron, conjuntamente, el 43 por ciento del total de dicho sector; el sector de la industria ocupa el segundo lugar en orden de importancia, con casi el 40 por ciento del total, y dos ramas de actividad importantes en cuanto a su participación, "industria química" e "industria de alimentos, bebidas y tabaco" y que, en conjunto, constituyen el 33 por ciento de total del sector; los sectores de construcción y agrario resultaron muy poco afectados por las conciliaciones colectivas ya que ninguno de ellos alcanzó el 2 por ciento del total de dichas conciliaciones.
GRÁFICO X
CONCILIACIONES COLECTIVAS Y TRABAJADORES AFECTADOS SEGÚN TIPO DE RESOLUCIÓN
En 2000, debido a la circunstancia comentada anteriormente respecto a la resolución de las conciliaciones colectivas por órganos no administrativos, hay una serie de comunidades autónomas en las que no se registra ningún asunto resuelto por órgano administrativo en materia de conflictos colectivos, y que ya en 1999 habían disminuido notablemente, estas comunidades son Andalucía, Canarias y Valencia; además hay otras comunidades en las que se observa que el número de asuntos resueltos es notablemente inferior que en años anteriores, es el caso de Aragón, País Vasco o La Rioja. Las comunidades autónomas que registraron mayor número de conciliaciones fueron Cataluña y Madrid, con 268 y 220, respectivamente, que conjuntamente representan el 54 por ciento del total nacional, excluidas las resueltas por la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
La incidencia media relativa de los trabajadores afectados por conciliaciones colectivas de ámbito provincial o autonómico sobre el total de la población asalariada fue de 27 por mil, 12 puntos inferior a 1999; este porcentaje aumenta hasta el 170 por mil si se incluyen los trabajadores afectados por las conciliaciones que conciernen a más de una comunidad autonómica.
I.3. MEDIACIONES
El número de asuntos resueltos en el caso de las mediaciones tambiÚn se ha visto afectado por la actuación de los órganos no administrativos que reiteradamente se han comentado; las mediaciones terminadas en 2000 fueron 94, resultando afectados 7.333 empresas y 57.325 trabajadores. Del total de las mediaciones, el 68 por ciento correspondió a Cataluña, siendo afectadas 6.499 empresas, el 89 por ciento, y 44.452 trabajadores, el 77 por ciento.
Considerando las mediaciones según el tipo de resolución, las resueltas como "aceptadas con efecto", fueron 57, el 61 por ciento; las empresas y los trabajadores afectados por dichas mediaciones fueron 7.215, y 47.603, respectivamente, representando el 98 y el 83 por ciento de los totales. Las mediaciones terminadas como "aceptadas sin efecto", el 38 por ciento del total, afectaron al 15 por ciento de los trabajadores, y las "no aceptadas" supusieron el 1 por ciento, con el 2 por ciento de los trabajadores (vÚase gráfico XI).
GRÁFICO XI
MEDIACIONES Y TRABAJADORES AFECTADOS SEGÚN TIPO DE RESOLUCIÓN
II. CONCILIACIONES INDIVIDUALES TERMINADAS EN DESPIDOS
La información que se ofrece en esta segunda parte no incluye la totalidad de los despidos, puesto que algunas UMAC no aportaron toda la información requerida en el Anexo estadístico que se utiliza como documento base para la obtención de los datos de este apartado. No obstante, la información recibida se considera que representa adecuadamente las características de los despidos en el conjunto del ámbito nacional.
Los datos se presentan en distribuciones porcentuales, y no en valores absolutos, para evitar la confusión que podría producirse al no coincidir los datos de este apartado con los del apartado I y a las diferencias que pueden producirse entre los datos de este mismo apartado al no disponerse, en todos los casos, de información desagregada para todas las variables analizadas.
Despidos según sexo y edad
En el año 2000, la variación respecto a 1999 de la distribución porcentual de los despidos por sexo, para cada grupo de edad (cuadro VII, apartado a), ha seguido la misma pauta que la variación de la distribución porcentual por sexo de los asalariados; en el caso de los varones, tanto los despedidos como los asalariados, la disminución ha sido de alrededor de 1 punto porcentual, situándose en el 60 y 61 por ciento, respectivamente; en el caso de las mujeres se ha producido el hecho contrario, situándose en el 40 por ciento de los despidos, y el 39 por ciento de los asalariados, debido a que la distribución de la población asalariada ha variado un punto a favor de las mujeres.
Observando los porcentajes citados en el párrafo anterior se aprecia que las relaciones entre despidos y asalariados, estos últimos estimados por la encuesta de población activa para el año 2000, según sexo son prácticamente iguales, de donde se deduce que la incidencia relativa del total de despidos fue la misma en ambos sexos. Sin embargo, al observar cada uno de los grupos de edad en el cuadro mencionado anteriormente se aprecia que los despidos afectan de manera desigual a hombres y mujeres según el grupo de edad considerado. En los tres primeros grupos de edad, "de 16 a 19 años", "de 20 a 24 años" y "de 25 a 39 años", los porcentajes de varones despedidos, son inferiores en 2, 5 y 3 puntos, respectivamente, a los porcentajes de población asalariada correspondientes a esos grupos de edad; por el contrario, las mujeres despedidas en esos mismos grupos de edad presentan porcentajes superiores a los de la población asalariada femenina. Por otra parte, en los grupos de edad "de 40 a 59 años" y "de 60 y más años", los porcentajes de despidos femeninos son inferiores a la población asalariada femenina comprendida en esos grupos de edad, en 3 y 8 puntos porcentuales, respectivamente.
En la distribución por tramos de edad para cada sexo, algo más de la mitad de los despidos, el 52 por ciento, corresponden al tramo "de 25 a 39 años", seguido del tramo "de 40 a 59 años", con un 30 por ciento, concentrando ambos tramos el 82 por ciento del total de despidos, el 11 por ciento corresponde al grupo "de 20 a 24 años", siendo los valores más pequeños para los dos tramos de edad extremos, los "de 16 a 19 años" y "de 60 y más años", que representan el 2 y el 4 por ciento del total de despidos, respectivamente (vÚase gráfico XII, apartado a, y cuadro VII, apartado b).
La distribución por edades presenta diferencias significativas para cada sexo. Así, en los tramos de edad "de 20 a 24 años" y "de 25 a 39 años" los porcentajes de mujeres despedidas, respecto al total de despidos femeninos, son superiores a los observados para los varones, representando en conjunto 13 puntos más en las mujeres que en los hombres, 10 de ellos en el segundo de los tramos; sin embargo en los dos tramos de edades más altas se produce el hecho contrario; por otra parte, en el tramo "de 16 a 19 años", el tanto por ciento de despedidos es el mismo en hombres y en mujeres. Como resultado de ello, el 73 por ciento de las mujeres despedidas tiene menos de 40 años, mientras que solo el 55 por ciento de los varones despedidos se encuentran en ese intervalo de edad (vÚase gráfico XII, apartado b y cuadro VII, apartado b).
Respecto a la incidencia relativa de los despidos sobre la población asalariada, los grupos de edad con mayor incidencia son los "de 25 a 39 años", sobre todo en el caso de las mujeres, y en el "de 60 y más años", en este caso debido a los hombres, en el que el porcentaje de despidos está cerca de duplicar al de asalariados. En los otros grupos de edad, el porcentaje de despidos, tanto para los varones como para las mujeres, es menor que el de la población asalariada, salvo en el caso de las mujeres de "20 a 24 años" en que los despidos y los asalariados tienen el mismo porcentaje.
En la distribución por sexo para cada grupo de edad se aprecia que, con la excepción del grupo "de 16 a 19 años", a medida que aumenta la edad disminuye la proporción de despidos femeninos y aumenta la de masculinos; así, los porcentajes van desde el 52 por ciento de varones y el 48 por ciento de mujeres en el tramo "de 20 a 24 años ", hasta el 78 por ciento de varones y el 22 por ciento de mujeres en el "de 60 y más años"; las horquillas para esos mismos grupos de edad en el caso de los asalariados son más pequeñas, en el caso de varones va del 57 al 70 por ciento, y en el caso de las mujeres del 42 al 30 por ciento (vÚase gráfico XII, apartado c y cuadro VII, apartado a).
El comportamiento de los despidos "con avenencia" presenta pocas diferencias respecto al total de despidos, consecuencia lógica de la alta proporción de los primeros dentro del colectivo global.
Despidos según categoría profesional
El mayor porcentaje de despidos corresponde al grupo "especialistas", con un 48 por ciento, seguido de los "no cualificados", con un 30 por ciento. Los grupos con menor número de despidos son los correspondientes a "tÚcnicos titulados", con el 5 por ciento, y "tÚcnicos no titulados", con el 4 por ciento (vÚase gráfico XIII, apartados a) y b)).
Como viene siendo habitual, y debido a las diferencias que existen en la proporción de varones y mujeres en el mercado laboral para cada categoría profesional, la distribución de los despidos por categorías profesionales respecto del total de despidos presenta considerables diferencias para cada uno de los sexos; así, en dos de dichas categorías, "administrativos y asimilados" y "no cualificados", especialmente en la primera de ellas, las mujeres registran porcentajes de despidos superiores a los que registran los varones, en conjunto, para ambos grupos, un 18 por ciento más en las mujeres; en el resto de las categorías son los hombres los que tienen un mayor porcentaje de despidos, sobre todo en la categoría de "especialistas", donde la diferencia a favor de los hombres es de 14 puntos (vÚase gráfico XIII, apartado b).
En la distribución de los despidos por sexo para cada una de las categorías profesionales, se aprecia que el peso de los varones es superior al de las mujeres en todas las categorías, con la excepción de "administrativos y asimilados", a la que corresponde un 62 por ciento de mujeres; la mayor proporción de varones se registra en la categoría de "tÚcnicos no titulados", con un 74 por ciento del total de despidos (vÚase gráfico XIII, apartado c).
Comparando la distribución porcentual de los despidos con la de afiliados al RÚgimen General de la Seguridad Social según categoría profesional y sexo, se observa que, a pesar de que la distribución entre hombres y mujeres en despidos, 59 y 41 por ciento, respectivamente, es muy parecida a la distribución de los afiliados, 62 y 38 por ciento, respectivamente, existen en todas ellas, menos en la categoría "tÚcnicos no titulados", diferencias notables entre ambos sexos; la diferencia más significativa se produce en el grupo de "tÚcnicos titulados", en el que el 69 por ciento de los despidos corresponde a varones y el 31 por ciento restante a mujeres y, sin embargo, los afiliados al RÚgimen General de la Seguridad Social en ese grupo profesional representan el 55 por ciento para los trabajadores varones y el 45 por ciento para las mujeres.
La mayor incidencia de los despidos se produce en las categorías correspondientes a "especialistas" y "no cualificados", sumando entre ambas el 78 por ciento del total de los despidos, sin embargo, en el conjunto de estas dos categorías solo se encuentra el 51 por ciento de los trabajadores afiliados; las categorías correspondientes a "administrativos y asimilados", con el 13 por ciento de despidos y el 32 por ciento de afiliados, y a "tÚcnicos titulados", con el 5 por ciento de despidos y el 12 por ciento de afiliados, son las que registran la incidencia más baja, que resulta ser muy acusada en el caso de las mujeres de esta última categoría (cerca del 2 por ciento de despedidas frente al 6 por ciento de afiliadas), siendo, por otra parte, la de menor valor absoluto.
Despidos según antigüedad en la empresa
Un año más, el mayor número de despidos corresponde a los trabajadores cuya antigüedad en la empresa se sitúa en el tramo "de 1 a 5 años", con el 46 por ciento del total, el resto se reparte con algunas diferencias entre los restantes tramos, correspondiendo al "de 6 a 10 años" el menor valor, el 14 por ciento del total (vÚase gráfico XIV, apartado a). Por otra parte, el porcentaje de despidos correspondientes a los dos primeros grupos de trabajadores, es decir los de menor antigüedad, ha crecido 2 puntos porcentuales respecto a las cifras registradas en el año anterior y 6 puntos respecto a 1998.
Por tramos de antigüedad para cada sexo, el mayor número de mujeres despedidas se concentra en el tramo "de 1 a 5 años", con la mitad del total de mujeres despedidas. Los despidos masculinos superan a los de las mujeres en los tramos de "hasta 1 año" y "más de 10 años", en los que se registran, respectivamente, un 2 y 6 por ciento más que los registrados por los despidos femeninos (vÚase gráfico XIV, apartado b).
La distribución de los despidos por sexo para cada tramo de antigüedad, es bastante uniforme, tal y como puede observarse en el gráfico XIV, apartado c, en el que se aprecia que el porcentaje de varones es superior al de mujeres en todos los casos, registrándose los mayores valores en los tramos de menor y mayor antigüedad, sobre todo en este último, con el 70 por ciento de despidos masculinos.
Despidos según tamaño de la empresa
Cerca de la mitad de los despidos, el 45 por ciento, tuvo lugar en empresas de "1 a 9 trabajadores", el siguiente tramo con mayor número de despidos correspondió a empresas de "10 a 25 trabajadores", sumando entre ambos grupos de empresas casi el 71 por ciento del total de despidos; a las grandes empresas, las de "más de 500" trabajadores, correspondió el 4 por ciento (vÚase gráfico XV).
Comparando las cifras anteriores con la distribución porcentual del colectivo de asalariados según tamaño de las empresas, obtenido este último sobre la base del número de empresas inscritas en la Seguridad Social, se observa que la incidencia de los despidos es inversamente proporcional al número de trabajadores de las empresas; así, mientras que en las empresas cuyo tamaño es menor de 25 trabajadores el porcentaje de despidos es, como ya se ha dicho del 71 por ciento, y el de asalariados en ese tipo de tamaño de empresa es del 36 por ciento, en las "de más de 500 trabajadores", el porcentaje de asalariados, cerca del 30 por ciento, es casi de ocho veces el correspondiente a despidos, 4 por ciento.