Acuerdos de devolución de cantidades

El artículo 33.4 del estatuto de los Trabajadores establece que el Fondo de Garantía Salarial se subrogará obligatoriamente en los derechos y acciones de los trabajadores a fin de recuperar las prestaciones que haya podido satisfacer como consecuencia de la responsabilidad regulada en los apartados 1, 2 y 3 del referido precepto, en los casos de insolvencia o concurso empresarial.

Con el fin de llevar a cabo tal actividad recuperatoria, el Fondo de Garantía Salarial viene celebrando acuerdos de devolución, entre los que se distinguen los acuerdos de devolución aplazada y los de devolución fraccionada.

Estos acuerdos precisan de las siguientes premisas que son de obligada observancia para su tramitación y autorización:

  • Es necesario que la empresa solicitante mantenga la actividad empresarial y trabajadores en su plantilla.

  • En el acuerdo de devolución se debe constituir garantía suficiente que asegure el reintegro total de la deuda de la empresa, que deberá ser suficiente económica y jurídicamente. Se admitirán como garantías el aval solidario, la hipoteca inmobiliaria y la hipoteca mobiliaria.

Las empresas interesadas en solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda podrán solicitarlo mediante comunicación dirigida a la Secretaría General del Organismo. La Unidad Administrativa competente será la correspondiente al domicilio social de la empresa deudora.

Se adjunta modelo de solicitud de acuerdo de devolución de cantidades abonadas por el Organismo.Archivo PDF. Enlace en nueva ventana

Recibida la solicitud, la Unidad Administrativa competente podrá requerir al solicitante las aclaraciones y documentación que estime necesarias para realizar una correcta evaluación en la situación financiera y de empleo de la empresa.

Si la solicitud no reuniese los requisitos exigidos o resultare incompleta, se requerirá al interesado, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para su subsanación.

Una vez verificado que la solicitud presentada reúne los requisitos preceptivos y que son correctos, se emitirá informe analizando si se dan los presupuestos para la firma del acuerdo y sobre la suficiencia de la garantía.