Concursos y Subastas

Quiénes pueden participar

Podrán concurrir a esta licitación, por sí o por medio de representante, debidamente autorizado/a, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y de contratar y obligarse.

Las personas que pretendan concurrir a esta licitación no deben hallarse comprendidas en ninguna de las causas enumeradas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Asimismo, no se admitirá la participación de aquellas personas que se hallen incursas en procedimiento de apremio administrativo, las declaradas en suspensión de pagos, mientras lo estuvieren, y las quebradas y concursadas no rehabilitadas.

Requisitos

Para poder participar en los concursos o subastas es necesario:

Cuestiones de interés a tener en cuenta

Por su parte, las dudas o cuestiones litigiosas que surjan en orden a la preparación, competencia y adjudicación del contrato, serán resueltas por el órgano de Contratación competente, cuyos acuerdos no ponen fin a la vía administrativa. Contra los mismos cabe recurso de alzada, ante la Ministra de Ministra de Trabajo y Economía Social, cuya resolución sí pone fin a la vía administrativa y contra la que podrá acudirse a los Juzgados y tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley reguladora de dicha jurisdicción.