Las empresas deben garantizar a los trabajadores desplazados temporalmente fuera de España en el marco de una prestación de servicios transnacional las condiciones laborales mínimas vigentes en el país de acogida, cualquiera que sea la legislación aplicable al contrato de trabajo. En el caso de Alemania, el marco legal de aplicación es la normativa laboral y, en su caso, el convenio colectivo de la rama industrial, bien en el ámbito nacional (Bundesrahmentarifvertrag), bien en el ámbito regional, es decir, según el land. Asimismo, resulta de aplicación la transposición de la normativa europea (EU) 2018/957, recogida en la Ley de Trabajadores Desplazados Arbeitnehmerentsendegesetz (AEntG), cuya última actualización entró en vigor el 30.07.2020.