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Consulta sobre la aplicación del Artículo 14.2 (II) Reglamento 1304/2013
Respuesta FSE - Artículo 14.2 M:
En relación a la consulta respecto a la posible utilización de la financiación a tipo fijo y su posible aplicación en los gastos que se tiene previsto presentar para su cofinanciación; esta Unidad informa:
- Se plantea una combinación de opciones (permitida por los reglamentos en función de lo que determina el artículo 67.3 del reglamento de disposiciones comunes) para la formación impartida en el ámbito de educación. Se pretende combina un baremo estándar de coste unitario para los salarios de los profesores basado en costes directos de personal (siguiendo las instrucciones de la UAFSE en este ámbito) y un importe a tanto alzado de hasta el 40% de los costes directos de personal subvencionables para financiar el resto de los costes subvencionables de la operación.
Como indican las directrices de la Comisión Europea, en el caso de la utilización de financiación a tipo fijo como opción de simplificación, existe un máximo de tres tipos de categorías de costes, y toda categoría de gastos se incluye en uno, y solo en uno, de los tres tipos:
- Tipo 1: categorías de costes admisibles sobre cuya base se aplicará el porcentaje para calcular los importes subvencionables;
- Tipo 2: categorías de costes subvencionables que se calcularán con el porcentaje a tipo fijo;
- Tipo 3: cuando proceda, otras categorías de costes subvencionables a las que no se les aplicará el tipo y que no se calcularán con el porcentaje a tipo fijo.
Es por ello que, los complementos retributivos que se describen en la consulta, que algunos profesores pueden percibir por la realización del horario completo y que no han sido incluidos en “categoría de costes admisibles tipo 1”, es decir, los costes directos de personal a los cuales se les aplicará el porcentaje para cubrir el resto de costes subvencionables, no se podrán incluir como categoría de costes tipo 2 ni tipo 3 a no ser que se consideren costes indirectos.
Sin embargo, en el caso de que se quieran incorporar los citados conceptos retributivos al baremo estándar de coste unitario, se tendrá que hacer un nuevo estudio para incorporar a la a los costes directos de personal todos los gastos subvencionables definidos en la categoría de costes tipo 1 (diferente al establecido en la formación impartida en el ámbito de educación puesto que es un sistema dirigido a extraer los costes comunes y mínimos retributivos) y poder aplicar la tasa correspondiente.