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Consulta sobre las metodologías del Artículo 67 del Reglamento 1303/2013
Respuesta - artículo 67 (metodología)
En relación con la consulta planteada sobre los conceptos subvencionables en una convocatoria de movilidad, informamos que:
Los conceptos subvencionables, además del salario y la seguridad social, incluyen una dieta de alojamiento y manutención, una aportación para la tramitación del visado en su caso y una aportación para la contratación de un seguro médico complementario en su caso, según se indica en la convocatoria.
Al ser categorías diferenciadas de costes, es posible aplicar diferentes opciones de costes simplificados y diferentes metodologías de cálculos para establecer los importes. Pero hay que tener claro que cada opción de coste simplificado escogida tiene que estar desarrollada por una metodología pertinente.
De esta manera:
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Los costes salariales se pueden certificar en función de un baremo de coste unitario y la metodología utilizada para su cálculo puede ser cualquier opción del artículo 67.5, pero se entiende que la más adecuada podría ser:
- 67.5.a) "estudio", esto es, cálculo de lo que supone para estos colectivos la ayuda a la contratación y lo establezcáis.
- 65.5.c) “regímenes de subvenciones financiados por el EMiembro”; si ya habéis incluido en alguna convocatoria una descripción de un baremo para ayudas y que se puedan asimilar a esta operación y beneficiario, que se reutilice la totalidad del método, que se aplique al mismo área geográfica o inferior y que sea un régimen de subvención financiado con fondos propios; se podría utilizar.
En cuanto a la justificación, con el contrato y consulta de vida laboral podría ser suficiente.
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Respecto del coste de las dietas, optáis por un baremo de coste unitario ¿basado en qué metodología? Sugerimos que sea:
- artículo 67.5.c) ya que además vemos que ya está incluido en una convocatoria anterior y por lo que nos comentáis, se va a incluir el importe en la nueva convocatoria (siempre que se puedan asimilar a esta operación y beneficiario, que se reutilice la totalidad del método, que se aplique al mismo área geográfica o inferior y que sea un régimen de subvención financiado con fondos propios)
- artículo 67.5.b) utilizar un importe ya establecido para dietas que se indique en otras políticas de la UE (por ejemplo en el ERASMUS +; siempre que se puedan asimilar a esta operación y beneficiario, que se reutilice la totalidad del método, que se aplique al mismo área geográfica o inferior y que se haga referencia al método utilizado).
En relación a la justificación, lo que tiene que quedar clara es la vinculación de las cantidades declaradas y los productos reales. Sin embargo, hay que tener en cuenta que en cualquier sistema de justificación de costes unitarios, el elemento clave es la demostración del producto o resultado, por el cual se multiplica la cantidad o precio.
En este caso si pagáis una cantidad de dietas por días trabajados, por mes trabajado, por horas trabajadas, es necesario la verdadera acreditación de esos elementos, y a su vez es necesario que preveáis que ocurre si determinados días no se trabajan (bajas ausencias, permisos, etc.) o si se va al centro pero no se trabaja (fuerza mayor). De igual manera sería conveniente introducir algún elemento de “calidad”, ya que no solo por el hecho de ir o trabajar se “debería” de pagar la ayuda. ¿Es posible establecer algún sistema de satisfacción por el trabajo realizado?, de esta manera el esfuerzo a conseguir resultados es mucho más adecuado con la lógica del FSE en este nuevo periodo.
Indicar que un simple certificado de la empresa parece poca cosa como elemento justificativo por el que se va a pagar una cantidad por un número de días, meses u horas, además de ser poco consistente para una garantía del aprovechamiento de los fondos comunitarios.
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Finalmente, para el visado y los gastos de gestión indicáis la utilización de los costes reales como sistema de justificación. (Tomad nota que en el importe que se incluye en la descripción de ERASMUS + ya va incluido el seguro médico).